Ayudas para el apoyo a las agrupaciones de productores en materia de participación de agricultores en el marco de programas relativos a la calidad de los alimentos - Convocatoria 2010.

Código de ayuda:

S25646/10

Norma:

Resolucion de 9 de abril de 2010. Resolución de 26 de abril de 2010.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 26/05/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El aumento del valor añadido de los productos agrarios y mejorar sus oportunidades de comercialización.
Sus objetivos son:

• Apoyo a la diversificación de las producciones agrarias del Principado de Asturias.

• Valorización de los productos agrarios y alimenticios mediante distintivos de calidad.

• Mejor vertebración del sector agroalimentario.

• Desarrollo endógeno.

• Generación de mayor valor añadido.

La finalidad de estas ayudas es incentivar las actuaciones de protección de las producciones agroalimentarias de calidad, bajo figuras reconocidas por la normativa vigente en el ámbito de Asturias, tales como: Denominaciones de origen, indicaciones geográficas, producción agraria ecológica y vinos con indicación geográfica, para su desarrollo y mantenimiento de la actividad, apoyando a las estructuras de gestión de las entidades responsables de supervisar y promocionar la utilización de los distintivos reconocidos, garantizando la autenticidad del origen y especificidad de los productos agrarios y alimenticios amparados.


Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Calidad

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Medio Rural y Pesca (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Con carácter general, en todos los casos, tendrá un límite por participante en el programa de calidad de 3.000 euros.

En el caso de la producción agraria ecológica podrá llegar al 100% de los gastos.

En el resto de las producciones agroalimentarias podrá llegar al 70% de los gastos.

La cuantía de las ayudas para gastos de funcionamiento y control comprenderá la suma total de los tramos
siguientes:

— Tramo 1: Para los primeros 100.000 euros de gasto, la cuantía de la ayuda podrá llegar hasta el 70%.
Para la producción agraria ecológica la cuantía de la ayuda podrá llegar al 100% de los gastos.

— Tramo 2: En el tramo comprendido entre 100.000 euros y 500.000 euros de gasto, la cuantía de la ayuda
podrá llegar hasta el 60%.

Para la agricultura agraria ecológica la cuantía de la ayuda podrá llegar hasta el 90%.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Los agricultores que participen en programas de calidad; no obstante, la ayuda será efectiva a través de sus organizaciones, cuyo ámbito de actuación sea en el territorio del Principado de Asturias.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán subvencionables los gastos destinados a compensar los costes fijos ocasionados por la participación de los agricultores en los programas de calidad incluido el funcionamiento y los controles necesarios para comprobar el cumplimiento de los programas de calidad.

Gastos subvencionables:
1. Costes del personal administrativo y técnico. El gasto máximo elegible para cada persona empleada será
de 30.000 euros brutos.
2 Gastos relativos a desplazamientos, manutención y alojamientos, debidamente justificados, del personal
contratado por la agrupación, necesarios para las actividades de las figuras de calidad.
3 Gastos del órgano de gestión, el gasto máximo elegible será como máximo 4.000 euros.
4 Gastos de oficina:
a) Alquiler y gastos de mantenimiento de oficina.
b) Adquisición de material de oficina.
c) Seguros, impuestos, no se incluyen los gastos financieros, ni intereses deudores de las cuentas bancarias.
d) Asesoramiento y servicios (contabilidad, informática, consultorías, auditorías y estudios diferentes a los promociónales).

5. Alquiler y mantenimiento de vehículos.

6. Cuotas de participación en organizaciones interprofesionales suprarregionales.

7. Actividades de control con medios propios o contratados.

8. Medios necesarios para inspección y análisis.

Requisitos:

a) Al efectuar las solicitudes de ayuda y de pago, el solicitante deberá estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la seguridad social, y no ser deudor de la Hacienda del Principado de asturias por deudas vencidas, liquidadas y exigibles.

b) No podrán ser beneficiarios de estas ayudas los solicitantes que estuviesen incursos en alguna de las prohibiciones recogidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 21/04/2010
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 91
Documento: Bases y Anexos Descargar Documento
Boletín: 06/05/2010
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 103
Documento: Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento