Ayudas para el apoyo a inversiones productivas y tecnológicas COVID-19.

Código de ayuda:

S47064/20

Norma:

Orden de 20 de julio de 2020. Resolución de 4 de septiembre de 2020. Orden de 26 de diciembre de 2020. Resolución de 1 de febrero de 2021.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 15 de marzo de 2021.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 15.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Es objeto de esta convocatoria, con arreglo al régimen de concurrencia previsto en el artículo 22 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, fomentar los proyectos de inversión en activos materiales e inmateriales para la modernización productiva, conforme a lo establecido en el Anexo I de la Orden de Bases Reguladoras.

Categorías Subvención

  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Instituto de Fomento de la Región de Murcia (Región de Murcia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Subvención a fondo perdido con una intensidad máxima del 50% sobre los costes elegibles para empresas medianas, del 65% para pequeñas empresas y del 85% para microempresas y autónomos, y un importe máximo por beneficiario de 15.000 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Autónomos o personas jurídicas comprendidas en la definición de pyme, que se enfrentan a una falta de liquidez o a otro tipo de perjuicios significativos a raíz del brote de COVID-19, y, en general, cuyos resultados económicos se vean afectados como consecuencia del estado de alarma decretado a raíz del COVID-19, que realicen inversiones en centros de trabajo radicados en la Región de Murcia, siempre que tenga su sede social en España, y dedicadas a cualquier sector de actividad.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Adquisición de activos materiales e inmateriales nuevos, sin limitación en cuanto a su importe, provenientes de terceros para la modernización productiva necesaria para:

- Incorporación de las empresas a fórmulas de teletrabajo y nuevos sistemas de comunicación.

- Inversiones de elementos de protección y seguridad necesarios para poder llevar a cabo la actividad económica evitando posibles contagios de coronavirus.

El plazo de realización de los proyectos e inversiones aprobadas comenzará desde el 1 de marzo de 2020 y hasta 6 meses desde la notificación de la Resolución de Concesión de Ayuda. Este plazo podrá ser ampliado en 3 meses siempre y cuando se acredite la realización de al menos el 25% de la inversión aprobada.

Documentos asociados

Boletín: 07/08/2020
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 182
Documento: Bases Reguladoras 2020 Descargar Documento
Boletín: 07/09/2020
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 207
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 07/09/2020
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 207
Documento: Convocatoria 2020 Descargar Documento
Boletín: 31/12/2020
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 302
Documento: Modificación Bases Descargar Documento
Boletín: 08/02/2021
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 31
Documento: Convocatoria 2021 (Extracto) Descargar Documento