Ayudas, para el año 2014, para inversiones en los centros de recogida de animales domesticos.

Código de ayuda:

S52691/14

Norma:

Palma, 26 de noviembre de 2014. Orden de 10 de marzo de 2005.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 29/12/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar la convocatoria de ayudas para inversiones en los centros de recogida de animales domésticos.

Categorías Subvención

  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Otras

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. El importe de la ayuda será del 100% de la inversión subvencionable, con los límites señalados en el punto siguiente.

2. Los gastos correspondientes a honorarios de arquitectos, ingenieros y asesores, estudios de viabilidad o adquisición de patentes y licencias, sólo son subvencionables hasta un límite del 8% del coste total de los gastos subvencionables, y siempre que estén directamente relacionados con la actividad subvencionada y sean indispensables para su adecuada preparación o ejecución.

3. El límite mínimo para poder ser beneficiario de la ayuda es de 2.000,00€.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las entidades titulares de centros de recogida de animales domésticos que, en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, tengan el título de entidad colaboradora de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

- Cierres de seguridad.

- Mejoras en las instalaciones para aumentar el bienestar animal.

- Mejoras en el acceso a las instalaciones y adaptabilidad.

- Ahorro energético.

- Nuevas instalaciones para aumentar la capacidad de recepción.

- Instalaciones o equipos auxiliares necesarios para la actividad y para cumplir la legislación aplicable.

- Instalaciones de saneamiento.

- Honorarios de arquitectos, ingenieros y asesores; estudios de viabilidad y licencias.

Documentos asociados

Boletín: 17/03/2005
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 43
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 29/11/2014
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 163
Documento: Convocatoria 2014. Descargar Documento