Ayudas para el Fomento de la Actividad Empresarial de la Mujer.

Código de ayuda:

S48391/05

Norma:

Sesión de 17 de Junio de 2005.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/11/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Financiar la realización de acciones dirigidas a favorecer la promoción de las nuevas mujeres empresarias a través de un mecanismo de subvención que permita superar los momentos iniciales de la actividad empresarial, los cuales entrañan una mayor dificultad financiera.

Categorías Subvención

  • Creación nuevas empresas
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Melilla

Convoca:

Consejería de Economía, Empleo y Turismo (Melilla)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. Se subvencionará con una ayuda máxima de 6.000.-€, destinados exclusivamente al pago de las cuotas del régimen especial de Autónomos de la Seguridad Social durante dos años y gastos de puesta en marcha. En el caso que, para la misma unidad económica, coexistan varias personas de acuerdo con lo previsto en el artículo 3 de las bases, el límite máximo anterior se entenderá establecido para cada una de ellos, con un límite total, para una misma empresa, de 18.000.-€.
Teniendo en cuenta la especificidad que, para las cooperativas de trabajo asociado, podrá subvencionarse el régimen general de la Seguridad Social.

2. Los gastos de puesta en marcha subvencionables serán los que se hayan realizado desde dos meses antes de la fecha de alta en el IAE hasta transcurridos tres meses desde la citada fecha, estén ligados y sean necesarios para el ejercicio de la actividad y correspondan a tasas, gastos notariales, registrales, gestoría, publicidad, etc.

Es de aplicación a estas ayudas lo dispuesto en el Reglamento CE 69/2001 de la Comisión de 12/01/2001, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas de mínimis, de forma que las ayudas reguladas en las presentes bases serán incompatibles con la recepción en un periodo inferior de tres años de otras ayudas de mínimis que, sumadas a las otorgadas en virtud de estas bases, excedieran de 100.000.-€.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

1. Las mujeres que pretendan llevar a cabo un proyecto empresarial, cuya actividad se plantee realizar con carácter indefinido, de manera individual, a través de comunidades de bienes, o bajo la forma de sociedades mercantiles o cooperativas de trabajo asociado siempre que ostenten cargos directivos en las mismas.

2. Podrán acogerse a estas ayudas las pequeñas y medianas empresas (PYMES) de acuerdo con la Recomendación de la Comisión de 6 de mayo de 2003 sobre la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas (DOCE L.124 de 20 de mayo de 2003).

No podrán obtener la condición de beneficiarios las personas o entidades en quiénes concurra algunas de las circunstancias a que se refiere el artículo 13, apartado 2, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

No serán subvencionables aquellas empresas que procedan de un cambio de forma jurídica o de una sucesión de empresas.

Requisitos:

1. Las empresas solicitantes deben ser de nueva creación, entendiendo por tales aquellas empresas que hayan iniciado su actividad desde el 01/01/2005.
2. Ser mujer con residencia legal en la UE.
3. Presentar un proyecto empresarial que una vez evaluado resulte ser técnica, financiera y económicamente viable.
4. El planteamiento de la actividad se realizará con carácter indefinido.
5. La beneficiaria no habrá estado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social a partir del 01/07/2004.
6. No haber detentado cargo de Alta Dirección a partir del 01/07/2004 en ninguna otra entidad de cualquier naturaleza.

Documentos asociados

Boletín: 01/07/2005
BOCME Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla- Nº 4204
Documento: Bases y Convocatoria 2005 Descargar Documento
Boletín: 30/09/2005
BOCME Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla- Nº 4230
Documento: Ampliación Plazo Solicitud Descargar Documento