Ayudas para dar soporte a grupos de investigación competitivos - Modificación.

Código de ayuda:

S55246/05

Norma:

Resolución de 22 de noviembre de 2005. Resolución del 31 de julio de 2006.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 26/12/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Es objeto de esta resolución regular el procedimiento de concesión, en régimen de publicidad, de objetividad y de concurrencia competitiva, de ayudas para dar soporte a grupos competitivos, de acuerdo con la finalidad de potenciar y dar continuidad a las actividades de estos grupos en aquellas materias que puedan contribuir a mejorar el desarrollo de los objetivos del Plan de Ciencia, Tecnología e Innovación de las Illes Balears (2005-2008).

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejería de Economía, Hacienda e Innovación (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Consultar el apartado sexto de las bases.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Pueden solicitar estas ayudas los grupos de investigación competitivos, tal como se describen en el apartado tercero punto 2, que estén en centros públicos o privados de I+D y en entidades privadas sin finalidad de lucro que lleven a cabo actividades de I+D y que estén ubicadas en las Illes Balears.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Gastos de personal de apoyo y auxiliar en la investigación.
b) Gastos de inversión en equipamiento científico y en el resto de material inventariable.
En todos los casos, el equipamiento científico y el resto de material inventariable tienen que ser propiedad del organismo receptor al cual se conceda la ayuda.
c) Gastos de material fungible.
d) Viajes y dietas, tanto de los miembros del equipo investigador como de los derivados de la colaboración de científicos de prestigio en el campo de investigación.
e) Otros gastos generales y complementarios, de los cuales se justifique debidamente la necesidad.

Documentos asociados

Boletín: 26/11/2005
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 178
Documento: Convocatoria Descargar Documento
Boletín: 17/08/2006
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 116
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 18/06/2009
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 89
Documento: Modificación Descargar Documento