Ayudas para contribuir a minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de vivienda habitual en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Código de ayuda:

S21855/20

Norma:

Orden TMA/336/2020, de 9 de abril. Orden de 26 de mayo de 2020.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 30 de septiembre de 2021.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 500

Finalidad u objetivo de la ayuda:

a) La concesión de una ayuda al alquiler a las personas arrendatarias de vivienda habitual que, como consecuencia del impacto económico y social del COVID–19, tengan problemas transitorios para atender al pago parcial o total de la renta arrendaticia.

b) La concesión de ayudas para hacer frente a la devolución de las ayudas reguladas en el artículo 9 del Real Decreto-ley 11/2020, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19 (ayudas transitorias de financiación, préstamos, ofrecidos por las entidades bancarias).

Categorías Subvención

  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Instituto de Fomento (Región de Murcia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las ayudas a conceder alcanzarán las siguientes cuantías:

a) Ayudas al alquiler recogidas en el artículo 5.2 a) de esta Orden: el 100% de la renta arrendaticia y sin que en ningún caso el importe de la ayuda pueda superar los 500 euros al mes.

b) Ayudas para hacer frente a la devolución de las ayudas transitorias de financiación (préstamos) recogidas en el artículo 5.2 b) de esta Orden: de hasta el 100% del principal e intereses del préstamo que se haya suscrito con el que se haya satisfecho el pago de la renta de la vivienda habitual y sin que en ningún caso el importe de la ayuda pueda superar los 500 euros al mes. Estas ayudas se concederán por el importe que corresponda a seis meses como máximo, pudiendo incluirse como primera mensualidad la correspondiente al mes de abril de 2020.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Podrán beneficiarse de las ayudas las personas físicas que, en su condición de arrendatarias de vivienda habitual y permanente situada en el ámbito territorial de la Región de Murcia, acrediten estar en situación de vulnerabilidad económica y social sobrevenida a consecuencia del COVID-19, y que reúnan todos y cada uno de los requisitos exigidos en la Orden de convocatoria.

Documentos asociados

Boletín: 11/04/2020
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 101
Documento: Bases Reguladoras 2020 Descargar Documento
Boletín: 30/05/2020
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 124
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 30/05/2020
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 124
Documento: Convocatoria 2020 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 13/11/2020
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 264
Documento: Segunda Convocatoria 2020 Descargar Documento
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BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 281
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