Ayudas para compensar los daños materiales y las pérdidas de renta en las explotaciones agrarias dañadas por las inundaciones de febrero de 2003.

Código de ayuda:

S05600/03

Norma:

Decreto Foral 684/2003, de 17 de noviembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 13/12/2003

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Ayudar económicamente a las explotaciones agrarias radicadas en Navarra que hayan sufrido pérdidas materiales con motivo de las inundaciones acaecidas en el mes de febrero de 2003.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las especificadas en cada tipo de ayuda.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Explotaciones agrarias inscritas en el Registro de Explotaciones Agrarias de Navarra.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

- Ayudas a daños en cultivos: cuando el agricultor damnificado tenga la condición de agricultor a título principal, la ayuda en forma de compensación de intereses , se complementará con una ayuda en forma de subvención directa en una cuantía económica, equivalente a la que le pueda corresponder por la compensación de los 1,5 puntos de interés que inicialmente quedan a su cargo.
- Ayudas para la reparación de los daños en las parcelas agrícolas y elementos permanentes de la explotación: se subvencionará el 30 por 100 del coste de reparación o reposición de los daños ocasionados en la estructura de las parcelas agrícolas y en elementos permanentes de la explotación no asegurables; el importe de esta ayuda de 12.000 euros por explotación; el valor mínimo a alcanzar por el daño para ser subvencionable se establece, por explotación, en 600 euros.
- Ayudas por pérdida de renta: 371,70 euros por hectárea para parcelas de regadío; el importe de esta ayuda no podrá superar la cantidad de 6.000 euros por explotación.

Requisitos:

Únicamente podrán concederse a quienes fueran el 1 de marzo de 2003
agricultores a título principal con una renta declarada correspondiente
a los ingresos del ejercicio 2001 del impuesto de la renta de las personas físicas cuya parte general de la base imponible no supere 2,5
veces el salario mínimo interprofesional correspondiente a dicho ejercicio, y tengan unas pérdidas superiores al 20 por 100 de la producción en zonas desfavorecidas y al 30 por 100 en las demás zonas.

Documentos asociados

Boletín: 03/12/2003
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 153
Documento: Convocatoria Descargar Documento