Ayudas para centros de recogida de animales de compañia abandonados.- Convocatoria 2015.

Código de ayuda:

S17964/15

Norma:

Orden GAN/20/2015, de 7 de abril.

Plazo de Solicitud:

Hasta el día 16 de mayo de 2015.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras de un régimen de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la mejora o acondicionamiento, de centros de recogida de animales de compañía abandonados con la finalidad de dar cumplimiento a las obligaciones existentes en materia de higiene y bienestar animal, así como establecer la convocatoria para el año 2015, con la finalidad de que una vez realizadas las mejoras el recinto cumpla con la normativa para ser inscrito como núcleo zoológico.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

A) Del 100% de la inversión aprobada y realizada, con una cuantía máxima de ayuda por
Asociación o Entidad local de 9.000,00 euros anuales, para las actividades contempladas en los apartados a) y b) del artículo 3.1.

B) Del 50 % del gasto realizado en el apartado c) con una cuantía máxima de ayuda de 200,00 € por animal de la especie canina y de 75,00 € por animal felino, según censo a la solicitud de ayuda, contemplados del articulo 3.1.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s

Detalle beneficiarios:

Las Asociaciones de Protección de Animales legalmente constituidas y sin ánimo de lucro, que tengan formalizado un convenio o acuerdo de colaboración con las Entidades Locales, para la recogida de animales de compañía abandonados.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Inversiones en bienes inmuebles, excluido compra de tierras, incluyendo la adaptación o
ampliación de las instalaciones existentes.

b) Adquisición de maquinaria auxiliar, material y equipamiento para la gestión y manejo de los animales.

c) Los gastos en alimentación, identificación, tratamientos sanitarios, vacunaciones, u otras
medidas profilácticas, con los topes máximos indicados en el punto 3.

Requisitos:

Los solicitantes deberán encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias con la
Hacienda Estatal y Autonómica y frente a la Seguridad Social con anterioridad a dictarse la
propuesta de resolución de concesión.

Documentos asociados

Boletín: 16/04/2015
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 71
Documento: Bases, Convocatoria 2015 y Anexos. Descargar Documento