Ayudas para capital circulante en el sector primario, para el ejercicio 2010 - Modificación.

Código de ayuda:

S19655/09

Norma:

Orden de 10 de marzo de 2005. Resolucion de 13 de marzo de 2009. Resolución de 6 de abril de 2009. Resolución de 4 de agosto de 2010.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 31/08/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Adoptar medidas eficientes para garantizar la liquidez de las empresas agrarias y pesqueras, ya que actualmente esta falta de liquidez puede afectar a su supervivencia.

Por ello es necesario realizar una actuación urgente y decidida para inyectar liquidez al sector mediante la creación de una línea de ayudas de capital circulante, complementada con el apoyo avalado de dichas operaciones de crédito y las ayudas para los gastos de apertura y estudio.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Financiación Preferente / Préstamos

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (Islas Baleares)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Pueden ser beneficiarios de las ayudas que se prevén en esta Resolución, quienes realicen las actuaciones subvencionabñes y que sean:

a) Titulares de explotaciones agrarias, inscritas con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de las solicitudes en el Registro General de Explotaciones Agrarias de las Illes Balears (RGEA), regulado por el Decreto 53/2006, de 16 de junio (BOIB nº 88, de 22 de junio de 2006).
El FOGAIBA comprobará de oficio las inscripciones y datos del RGEA, dado que la presentación de la solicitud de ayuda supone la autorización al FOGAIBA para realizar la comprobación, excepto manifestación expresa en contra.

b) Armadores, personas físicas o jurídicas, de buques pesqueros que hayan participado en el Plan de Acción del Sector Pesquero, de conformidad con lo previsto en los Acuerdos de Consejo de Ministros de los días 3 de junio y 22 de julio de 2005.

c) Cooperativas agrarias y Sociedades Agrarias de Transformación (SAT), debidamente registradas y que cumplan las obligaciones formales de actualización y entrega de sus datos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Son subvencionables los préstamos que se concierten con entidades bancarias para la financiación de operaciones de circulante, siempre que reúnan las condiciones que se establecen a continuación:

1.1 Los préstamos deben ser posteriores a la solicitud de ayuda.

1.2 El importe mínimo del préstamo será de 4.000,00 euros.

Requisitos:

- No pueden ser beneficiarios de estas ayudas las personas que fueron beneficiarias de las ayudas convocadas mediante la Resolución de la Presidenta del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA), de 13 de marzo de 2009, por la que se convocan ayudas para capital circulante en
el sector primario, para el ejercicio 2009, y que formalizaron el préstamo con derecho a la ayuda prevista en la convocatoria citada.

- Las personas, entidades y asociaciones en quienes concurra alguna de las prohibiciones establecidas en los apartados 1 y 2 del artículo 10 del Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Subvenciones, no pueden ser beneficiarias de las subvenciones
previstas en la presente Resolución. Debe justificarse que no se está sometido a tales prohibiciones en la forma establecida en el apartado 6 del artículo 10 del Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, citado.

Documentos asociados

Boletín: 17/03/2005
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 43
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 14/03/2009
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 38
Documento: Convocatoria Descargar Documento
Boletín: 11/04/2009
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 53
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 12/08/2010
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 118
Documento: Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento