Ayudas para becas y contratos de Formacion de Profesorado Universitario del Programa Nacional de Formacion de Recursos Humanos de Investigacion, en el marco del Plan Nacional de Investigacion Cientifica, Desarrollo e Innovacion Tecnologica 2008-2011.- Convocatoria 2012.- Modificación.

Código de ayuda:

S16537/12

Norma:

Resolución de 25 de abril de 2012. Resolución de 31 de octubre de 2012.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 01/06/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar la convocatoria y el procedimiento de concesión de ayudas para promover la Formación de Profesorado Universitario, en adelante FPU, en programas de doctorado de solvencia formativa e investigadora, en cualquier área del conocimiento científico, que facilite su futura incorporación al sistema
español de educación superior e investigación científica.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Formación
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Educación, Cultura y Deporte ( España)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Los titulados universitarios que, en la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes, cumplan todos los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La Formación de Profesorado Universitario, en adelante FPU, en programas de doctorado de solvencia formativa e investigadora, en cualquier área del conocimiento científico, que facilite su futura incorporación al sistema español de educación superior e investigación científica.

Requisitos:

a) Con carácter general, deberán estar en posesión de los títulos oficiales españoles y, en su caso, de los complementos de formación, que den acceso a la fase de investigación de un programa de doctorado de conformidad con las siguientes ordenaciones de las enseñanzas de doctorado:

a.1) Estudios de tercer ciclo regulados por el Real Decreto 778/1998, de 30 de abril, por el que se regula el tercer ciclo de estudios universitarios, la obtención y expedición del título de Doctor y otros estudios de postgrado: estar en posesión del DEA.

a.2) Estudios Oficiales de Posgrado regulados por el Real Decreto 56/2005, de 21 de enero, por el que se regulan los estudios oficiales de postgrado: reunir los requisitos de acceso al doctorado. En cualquiera de los casos siempre deberán haber completado un mínimo de 300 créditos, de los que al menos 60 habrán de ser de nivel de Máster, en el conjunto de los estudios universitarios de Grado y Posgrado para acceder a la fase de investigación de las enseñanzas de tercer ciclo.

a.3) Enseñanzas reguladas por el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales: reunir los requisitos de acceso al periodo de investigación del doctorado.

a.4) Enseñanzas oficiales de doctorado reguladas por el Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, de acuerdo con lo dispuesto en su artículo 6.

b) En el caso de los solicitantes que hayan obtenido el título o realizado los estudios conforme a sistemas educativos extranjeros que den acceso al doctorado, se estará a lo dispuesto en cada una de las ordenaciones de las enseñanzas de doctorado a las que se refieren los apartados anteriores de este mismo punto.

Documentos asociados

Boletín: 09/02/2008
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 35
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 10/05/2012
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 112
Documento: Convocatoria 2012. Descargar Documento
Boletín: 12/11/2012
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 272
Documento: Modificación Descargar Documento