Ayudas para apoyar las Actividades de los Grupos de Investigación.

Código de ayuda:

S16628/05

Norma:

Resolución UNI/1022/2005, de 6 de abril.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/05/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Apoyar a grupos de investigación de las universidades y los centros públicos y privados de Cataluña sin ánimo de lucro cuya actividad principal sea la investigación y la transferencia de conocimiento, con el fin de potenciar su desarrollo o su consolidación de acuerdo con las necesidades del grupo.

Categorías Subvención

  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Educación y Ciencia
  • Empleo
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Innovación, Universidades y Empresa (Cataluña)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

- Grupos de investigación emergentes (GRE) con un número orientativo de entre tres y diez investigadores, de los que al menos dos deben ser doctores con dedicación completa y vinculados estatutaria o contractualmente a la plantilla universitaria o del centro de investigación.
- Grupos de investigación consolidados (GRC) de un mínimo de cinco y un máximo de veinte miembros. De estos, al menos tres deberán ser doctores con dedicación completa vinculados estatutaria o contractualmente a la plantilla universitaria o del centro de investigación.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los conceptos subvencionables, para todas las modalidades, son los siguientes:
a) Incorporación de personal de apoyo a la investigación (puede tratarse de personal de diferente nivel, tales como titulados superiores y medios u otro personal de apoyo a la investigación sobre todo en cuanto a la formación profesional).
La duración de esos contratos dependerá de la financiación disponible de los grupos de investigación de acuerdo con los conceptos solicitados y el importe recibido.
b) Incorporación de doctores a través de un contrato posdoctoral.
Se valorará considerablemente la aportación de cofinanciación por parte del grupo en este concepto.
c) Adquisición de pequeño equipamiento, inventariable o bibliográfico.
d) Material fungible.
e) Una acción movilizadora (organización de un congreso o jornada).
f) Beca predoctoral de formación de investigadores (FI-G).
g) Ayuda para un profesor o investigador visitante.
h) Otros gastos no incluidos en ninguno de los apartados anteriores. Este apartado incluye las dotaciones para becas, las actividades destinadas a la promoción de la internacionalización del grupo de investigación que se hayan incluido en el plan de trabajo, la difusión de la investigación, las expediciones o los trabajos de campo, las subcontrataciones o cualquier otro gasto relacionado con los objetivos de investigación del grupo.

Documentos asociados

Boletín: 15/04/2005
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4364
Documento: Bases y Convocatoria 2005 Descargar Documento
Boletín: 27/05/2005
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4393
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento