Ayudas para alumnos con necesidad específica de apoyo educativo para el curso académico 2020-2021, para estudiantes que cursen estudios postobligatorios.

Código de ayuda:

S42019/20

Norma:

ORDEN ECI/1815/2005, de 6 de junio. Resolución de 31 de julio de 2020.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 30 de septiembre de 2020.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

a) Ayudas directas para los alumnos incluyendo a los afectados por TDAH (Trastorno por déficit de atención por hiperactividad) que requieran por un periodo de su escolarización o a lo largo de toda ella, determinados apoyos y atenciones educativas específicas derivadas de discapacidad o trastornos graves de
conducta.

También podrán ser beneficiarios de ayudas directas los alumnos afectados por TEA (Trastorno del espectro autista) no incluidos en el párrafo anterior y que requieran estos apoyos y atenciones educativas específicas.

b) Subsidios por necesidades educativas especiales derivadas de discapacidad o trastorno grave de conducta para familias numerosas.

También podrán ser beneficiarios de subsidios los alumnos afectados por TEA (Trastorno del espectro autista), pertenecientes a familias numerosas, no incluidos en el párrafo anterior

c) Ayudas para programas específicos complementarios a la educación reglada para alumnado con necesidad específica de apoyo educativo asociado a altas capacidades intelectuales.

Categorías Subvención

  • Becas
  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Educación y Ciencia
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Educación y Formación Profesional ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

- Enseñanza: hasta 862,00 euros.

- Transporte interurbano: hasta 617,00 euros.

- Comedor escolar: hasta 574,00 euros.

- Residencia escolar: hasta 1.795,00 euros.

- Transporte para traslado de fin de semana de alumnos internos en centros de educación especial: hasta 442,00 euros.

- Transporte urbano: hasta 308,00 euros.

- Libros y material didáctico:

Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional Básica, Formación para la transición a la vida adulta y Otros programas formativos de formación profesional: hasta 105,00 euros.

Resto de niveles de la enseñanza post-obligatoria: hasta 204,00 euros.

- Reeducación pedagógica o del lenguaje: hasta 913,00 euros para cada una de ellas.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Podrán solicitar las ayudas los alumnos que no superen una determinada renta y/o patrimonio familiar y que presenten necesidad específica de apoyo educativo derivada de discapacidad o trastornos graves de conducta y que se encuentren cursando en centro específico, en unidad de educación especial de centro ordinario o en centro ordinario que escolarice alumnos que presentan necesidades educativas especiales, alguno de los niveles educativos no universitarios.

Para obtener el subsidio se requerirá ser miembro de familia numerosa.

Documentos asociados

Boletín: 15/06/2005
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 1402
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 08/08/2020
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 214
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 08/08/2020
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 214
Documento: Convocatoria 2020 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 24/08/2020
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 227
Documento: Corrección errores convocatoria del Extracto Descargar Documento