Ayudas para actuaciones de mejora paisajística y de embellecimiento de los bienes y recursos que se encuentren en el Camino de Santiago.

Código de ayuda:

S02782/21

Norma:

RESOLUCIÓN de 15 de enero de 2021.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 4 de marzo de 2021.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 200.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las subvenciones reguladas por estas bases tienen por objeto la mejora paisajística, la búsqueda de la armonía, el orden y respeto, y la coherencia del Camino de Santiago y su paisaje con los valores culturales ligados a las sociedades que a lo largo del tiempo construyeron este espacio.

Categorías Subvención

  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Medio Ambiente y Energía
  • Patrimonio Cultural y Arquitectura
  • Turismo y Hostelería

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Agencia Turismo de Galicia (Galicia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Categoría 1ª:

a) Los ayuntamientos de Galicia por los que discurra algún tramo físico terrestre del Camino de Santiago.

b) También podrán solicitar las ayudas reguladas por estas bases cualquier otra entidad local supramunicipal gallega (diputación, mancomunidad....) en relación a actuaciones a realizar en el Camino de Santiago siempre que se tengan competencias para la actuación propuesta.

Categoría 2ª:

a) Las personas físicas o jurídicas titulares de un derecho real sobre un bien mueble o inmueble, recurso o elemento situado en cualquiera de los tramos físicos de alguna de las rutas del Camino de Santiago.

Asimismo, podrán ser beneficiarios los arrendatarios de los citados bienes, así como aquellos que posean cualquier título válido en derecho que autorice la realización de la actuación solicitada.

b) Las comunidades de personas propietarias y las agrupaciones de comunidades de personas propietarias, constituidas conforme lo dispuesto por el artículo 5 de la Ley 49/1960, de 21 de julio, de propiedad horizontal, en relación con los inmuebles situados en cualquiera de los tramos físicos de alguna de las rutas en el Camino de Santiago.

c) Las asociaciones de vecinos, comunidades de montes vecinales en mano común, comunidades de bienes, y cualquier otra institución o asociación que tenga título habilitante suficiente para actuar sobre el recurso o elemento sobre lo que se propone la actuación situado en cualquiera de los tramos físicos de alguna de las rutas del Camino de Santiago.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Actuaciones sobre elementos etnográficos y su entorno:

Actuaciones de valorización, mantenimiento, conservación, consolidación o restauración de los bienes que integran el patrimonio etnográfico de Galicia, de conformidad con lo señalado en el capítulo III de la Ley 5/2016, de 4 de mayo, del patrimonio cultural de Galicia (fuentes, lavaderos, hórreos, puentes, pontellas, molinos, vallados, cierres,… y cualquier otro elemento de carácter tradicional vinculado al paisaje y la cultura del lugar). Las actuaciones se realizarán sobre el propio elemento y/o su entorno.

b) Actuaciones sobre la casa y la era.

• Actuaciones de mejora en los revestimientos: fachada, cubierta con materiales propios de la zona como son la madera, piedra, pintura y cualquier material que armonice con el entorno y sus colores.

• Actuaciones de mejora de los puntos de contacto con la traza del camino: vallados, pavimentos en los puntos de acceso, instalación de áreas de descanso para peregrinos,…

• Actuaciones de mejora en las edificaciones auxiliares, como adaptación de la escala o los acabados.

c) Actuaciones en el espacio agrario:

• Actuaciones de ocultación mediante vegetación u otros elementos de aquellos bienes o elementos con fuerte impacto sobre el campo visual del Camino; por ejemplo, naves ganaderas.

• Actuaciones de demolición de elementos en desuso o abandonados sin interés patrimonial o paisajístico, como naves, silos o casetas.

• Actuaciones de mejora de los puntos de contacto con la traza del camino: vallados, pavimentos en los puntos de acceso.

• Actuaciones de desescombro y limpieza de basura o materiales en desuso.

d) Actuaciones de naturalización:

Incorporación de vegetación como elemento integrador de las construcciones y de los viales, como arbolado y vegetación arbustiva de acompañamiento del camino, y mejora del ajardinamiento en general.

e) Actuaciones en el trazado del camino:

• Actuaciones de sustitución de elementos de mobiliario urbano y similares que por su estado de deterioro o por sus propias características físicas resulten ajenos al entorno del Camino. Por ejemplo: marquesinas, elementos de señalización, bolardos, alumbrado público, cableado aéreo, antenas, contenedores de residuos,…

Documentos asociados

Boletín: 04/02/2021
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 23
Documento: Bases, Convocatoria 2021 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 04/02/2021
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 23
Documento: Convocatoria 2021 (Extracto) Descargar Documento