Ayudas para actuaciones de eficiencia energética en PYME y gran empresa del sector industrial, con cargo al presupuesto del ejercicio 2019.

Código de ayuda:

S46482/19

Norma:

Real Decreto 263/2019, de 12 de abril. RESOLUCIÓN de 26 de julio de 2019. Resolución de 29 de abril de 2020. RESOLUCIÓN de 28 de diciembre de 2020. Real Decreto 1186/2020, de 29 de diciembre. Resolución de 3 de marzo de 2021.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 31 de diciembre de 2021 o hasta agotar el presupuesto.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar las ayudas del IVACE en materia de ahorro y eficiencia energética en PYME y gran empresa del sector industrial, incluida la implantación de sistemas de gestión energética, en la Comunitat Valenciana, fomentando así la disminución de las emisiones de CO2 y de otras emisiones contaminantes, la mejora de la calidad del aire, el ahorro y la eficiencia energética y el respeto al medio ambiente.

Categorías Subvención

  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE) (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. La cuantía máxima de las ayudas será, para cada una de las actuaciones, la menor de las siguientes:

a) El 30 % de la inversión elegible del proyecto.

b) La cuantía máxima que se establece para actuaciones de eficiencia energética en el artículo 38 Reglamento (UE) número 651/2014, de la Comisión, de 17 de junio de 2014. Los porcentajes aplicables sobre el coste subvencionable son los siguientes:

– Gran empresa: 30 %

– Mediana empresa: 40 %

– Pequeña empresa: 50 %

c) Un máximo de 1,5 millones de euros por proyecto.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Para cada tipo de actuación, podrán ser destinatarias de estas ayudas, siempre que tengan residencia fiscal en España:

a) Las empresas que tengan la consideración de PYME, o de gran empresa del sector industrial, cuyo CNAE 2009 se encuentre dentro de los establecidos en el artículo 7.1.a de la convocatoria de ayudas.

b) Las empresas de servicios energéticos entendiendo como tal la definición más amplia posible de las organizaciones que aporten este tipo de servicios.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las actuaciones objeto de ayuda deberán conseguir una reducción de las emisiones de dióxido de carbono y del consumo de energía final, mediante la mejora de la eficiencia energética con respecto a su situación de partida, y deben encuadrarse en alguna de las siguientes tipologías previstas en el artículo 6 del Real decreto 263/2019, de 12 de abril:

– Actuación 1: mejora de la tecnología en equipos y procesos industriales.

– Actuación 2: implantación de sistemas de gestión energética.

Documentos asociados

Boletín: 13/04/2019
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 89
Documento: Bases Reguladoras 2019 Descargar Documento
Boletín: 02/08/2019
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 8605
Documento: Convocatoria 2019 Descargar Documento
Boletín: 02/08/2019
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 8605
Documento: Convocatoria 2019 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 05/05/2020
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 8804
Documento: Modificación Convocatoria Descargar Documento
Boletín: 30/12/2020
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 8986
Documento: Ampliación plazo solicitud Descargar Documento
Boletín: 30/12/2020
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 8986
Documento: Ampliación plazo solicitud (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 30/12/2020
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 340
Documento: Modificación Bases Descargar Documento
Boletín: 06/03/2021
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 56
Documento: Ampliación presupuesto Descargar Documento