Ayudas para actuaciones de corrección de impactos paisajísticos destinadas a ayuntamientos de Galicia.- Convocatoria 2022.

Código de ayuda:

S03673/22

Norma:

RESOLUCIÓN de 20 de diciembre de 2021.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 28 de febrero de 2022.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La corrección de impactos paisajísticos presentes tanto en edificios de titularidad municipal, como en ciertos equipamientos de titularidad municipal, o bien los producidos por ellos debido a su aspecto exterior, todo esto en congruencia con los valores paisajísticos recogidos en el Catálogo de los paisajes de Galicia y los objetivos y criterios que expresan las directrices de paisaje de Galicia. Los gastos
subvencionables son los indicados en su apartado cuarto.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Patrimonio Cultural y Arquitectura
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Instituto de Estudios del Territorio (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Se destina crédito por importe total de seiscientos mil euros (600.000 €), financiado con fondos propios de la Comunidad Autónoma.

El importe de la subvención será:

Línea I: 70 % del presupuesto de la inversión subvencionable, con el límite máximo de 20.000 € por ayuntamiento.

Línea II: 70 % del presupuesto de la inversión subvencionable, con el límite máximo de 20.000 € por ayuntamiento.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de esta subvención aquellos ayuntamientos de Galicia, de forma individual, que cumplan con los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) La ejecución de obras y la adquisición de equipamientos que sean imputables al capítulo VI del presupuesto de gastos de la entidad local, de conformidad con la clasificación económica establecida por la Orden EHA/3565/2008, de 8 de diciembre, por la que se aprueba la estructura de los presupuestos de las entidades locales.

b) Los costes directamente relacionados con las inversiones que se efectúen, tales como honorarios de arquitectura e ingeniería. El importe total de estos costes generales no podrá superar el máximo del 10 % de la inversión subvencionable.

c) Los proyectos serán completos y de fase única, susceptibles de su puesta en servicio inmediata como consecuencia directa de la ejecución del proyecto subvencionado. En ningún caso se admitirán fases de proyectos.

Requisitos:

a) Que tengan menos de 20.000 habitantes, de acuerdo con las cifras oficiales del padrón municipal de habitantes en fecha 1 de enero de 2020, publicadas por el Instituto Gallego de Estadística.

b) Haber cumplido con la obligación anual de remisión al Consejo de Cuentas, de las cuentas del ayuntamiento. Este requisito deberá estar cumplido antes del final del plazo de presentación de solicitudes.

Documentos asociados

Boletín: 19/01/2022
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 12
Documento: Bases, Convocatoria y Anexos 2022 Descargar Documento
Boletín: 19/01/2022
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 12
Documento: Bases y Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento