Ayudas para actividades realizadas por escuelas de tiempo libre y se procede a su convocatoria para el año 2008.

Código de ayuda:

S26619/08

Norma:

Orden de 4 de abril de 2008.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/05/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente disposición tiene por objeto establecer las bases que rigen las ayudas para actividades
realizadas, desde el 1 de enero de 2008, por escuelas de tiempo libre, sin ánimo de lucro. A efectos de justificación los gastos subvencionables serán los realizados hasta el 15 de octubre, fecha límite de justificación de la ayuda.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Formación
  • Juventud

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Vicepresidencia de la Igualdad y del Bienestar (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la ayuda concedida no podrá superar el 75% del presupuesto total de las actividades
subvencionadas.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Podrán solicitar subvención las escuelas de tiempo libre sin ánimo de lucro inscritas, a la finalización del
plazo de presentación de solicitudes, en el registro oficial dependiente orgánicamente de la Dirección General de Juventud y Solidaridad, regulado en el Decreto 50/2000, de 20 de enero, por el que se refunde y actualiza la normativa vigente en materia de juventud (Diario Oficial de Galicia nº 49, del 10 de marzo) y que no estén incursas en ninguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

Será requisito imprescindible para poder solicitar la subvención el haber justificado debidamente las ayudas recibidas en el último año.

Las escuelas de tiempo libre que sean promovidas por personas físicas o jurídicas con ánimo de lucro no podrán ser beneficiarias de estas ayudas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Podrán ser objeto de subvención los siguientes programas de actividades:

a) Cursos de monitores y directores de actividades de tiempo libre y directores de campos de trabajo.
b) Cursos monográficos de formación sobre educación y tiempo libre, oferta complementaria de los cursos
reglados.
c) Cursos de formación sobre promoción de la participación social y el asociacionismo de la juventud.
d) Organización de conferencias, jornadas, congresos y cualquier otro tipo de actividad formativa en el
campo de la juventud y la educación en el tiempo libre, dirigida a las personas responsables de actividades,
bien educativas de tiempo libre y/o de actividades de carácter juvenil.
e) Publicaciones periódicas, investigaciones y edición de recursos educativos para el tiempo libre.
f) Programas de formación permanente dirigidos al personal responsable y docente de la escuela, participación en congresos, jornadas o cualquier otro tipo de actividad formativa.
g) Participación en redes organizadas, intercambios técnicos con otras escuelas de tiempo libre, o entidades
similares, en cualquier ámbito, autonómico, estatal o internacional.

Quedan excluidos, a los efectos de subvención, los programas docentes y deportivos previstos en los
planes regulados de enseñanza y deporte escolar y federativo. También estarán excluidos los gastos derivados del normal funcionamiento de la escuela. Igualmente, en concordancia con la aplicación presupuestaria que financia estas ayudas, los posibles gastos de las escuelas que se consideren inversión o sean destinados a la compra de material inventariable.

Documentos asociados

Boletín: 15/04/2008
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 72
Documento: Bases, Convocatoria 2008 y Solicitud Descargar Documento