Ayudas para acciones formativas que contribuyan al desarrollo de la formación profesional, de las nuevas competencias profesionales y de la formación permanente del sector pesquero.

Código de ayuda:

S52455/22

Norma:

ORDEN de 3 de agosto de 2022.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 3 de octubre de 2022.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Acciones formativas, financiados por el FEMP, que contribuyan al desarrollo de la formación profesional, de las nuevas competencias profesionales y de la formación permanente del sector pesquero.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Formación

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Conselleria de Mar (Galicia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las cofradías de pescadores y sus federaciones, las organizaciones de productores, las cooperativas del mar, las asociaciones de profesionales del sector y las demás entidades asociativas jurídicamente reconocidas y constituidas por profesionales del sector, siempre que desarrollen sus actividades profesionales en el sector pesquero y tengan la sede social en la Comunidad Autónoma de Galicia. Estas entidades podrán concurrir de manera individual o conjuntamente, como una agrupación de entidades.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Los gastos de personal imprescindible para el desarrollo de las acciones para las que se solicita la subvención. Las horas de contratación de personal serán las mismas que las de duración de la acción o de las acciones para las que este personal es necesario en la búsqueda del normal desarrollo de la actividad.

b) Los de contratación de profesionales, empresas o entidades prestadoras de servicios.

En el caso de material y equipamientos, deberán contar con la homologación en vigor del órgano competente según los cursos a impartir, de ser necesarios.

c) Adquisición de equipamiento y elementos necesarios e imprescindibles para impartir las actividades.

d) Adquisición de material didáctico y equipamiento de seguridad individual para el alumnado, necesarios para el desarrollo de la actividad.

e) Costes indirectos: se entienden por costes indirectos aquellos que, aunque no pueden vincularse directamente con una actividad objeto de subvención, por tener carácter estructural, resultan necesarios para su realización, como gastos de oficina, administrativos, servicios básicos, suministros (agua, electricidad, teléfono, gas), etc. Los costes indirectos deben corresponder al período en que efectivamente se realiza la actividad. Para el cálculo de estos costes se empleará el método de financiación a tipo fijo aplicando un porcentaje fijo del 7 % del gasto directo total subvencionable.

f) Seguros de accidentes del alumnado.

g) Gastos necesarios para la realización de las pruebas de natación en los cursos de marinero/a pescador/a.

Documentos asociados

Boletín: 30/08/2022
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 164
Documento: Bases, Convocatoria 2022 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 30/08/2022
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 164
Documento: Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento