Ayudas para acciones especiales de I+D en el año 2005.

Código de ayuda:

S29200/04

Norma:

Orden de 15 de diciembre de 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/05/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de ayudas para acciones especiales tendentes a conseguir objetivos relevantes para la Comunidad Valenciana en materia de I+D.

Categorías Subvención

  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Consellería de Empresa, Universidad y Ciencia (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las ayudas podrán alcanzar hasta el 100% del presupuesto presentado y aprobado en la resolución de concesión.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser solicitantes y beneficiarios de las ayudas entidades públicas o privadas, sin ánimo de lucro, con finalidad investigadora legal o estatutaria, personalidad jurídica propia y capacidad suficiente de obrar.
Podrán presentar propuestas, ante su organismo y como investigadores responsables de su ejecución científico-técnica, las personas físicas con capacidad investigadora, que ocupen puestos de trabajo con finalidad investigadora en las entidades mencionadas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se considerarán acciones especiales de I+D:
- Actuaciones para la elaboración de propuestas de proyectos a programas comunitarios.
- Actuaciones de especial oportunidad desde el punto de vista científico-tecnológico.

Conceptos susceptibles de ayuda:
a) Gastos de material fungible.
b) Gastos correspondientes a viajes y gastos de manutención y alojamiento.
c) Otros gastos complementarios.

En ningún caso serán subvencionables los gastos de material inventariable y bibliográfico, ni las retribuciones de personal vinculado estatutaria o contractualmente a las entidades solicitantes, ni los gastos correspondientes a mobiliario, ni de material de uso exclusivamente administrativo.

Documentos asociados

Boletín: 24/12/2004
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 4910
Documento: Convocatoria 2005 Descargar Documento