Ayudas para 2010 del Programa de Jovenes de la Orden TAS/874/2007, de 28 de marzo - Corrección de errores.

Código de ayuda:

S71146/09

Norma:

Resolucion de 10 de noviembre de 2009. ORDEN TAS/874/2007, de 28 de marzo. ORDEN TIN/2004/2008, de 26 de junio. Orden TIN/58/2009, de 21 de enero. Orden TIN/2378/2009, de 28 de agosto. Resolucion de 18 de noviembre de 2009.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 18/12/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Favorecer la participación de los jóvenes españoles residentes en el exterior en actividades de formación y/o prácticas laborales dirigidas a su inserción en el mercado de trabajo o a su promoción profesional.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Formación
  • Juventud

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Trabajo e Inmigración ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Para la determinación de la cuantía de la subvención se tendrán en cuenta los siguientes parámetros:

a) El número de acciones formativas o de prácticas y la duración prevista de cada una de ellas.

b) El número de alumnos previsto para cada acción de formación o de prácticas.

c) El número de horas lectivas de cada acción formativa o de prácticas.

La ayuda concedida se destinará a sufragar los gastos necesarios para el desarrollo de la acción, incluidos los de preparación, seguimiento y evaluación de la misma.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las entidades públicas o privadas radicadas en el exterior o en España entre cuyos fines se encuentre la realización de las actividades objeto de este programa.

Asimismo, las Consejerías de Trabajo e Inmigración podrán promover, en el marco de sus funciones, las acciones objeto de este programa.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Gastos generales, incluyéndose en este concepto los gastos de fotocopias, correo, teléfono, fax, calefacción, electricidad, agua, mantenimiento, limpieza y material de oficina,
siempre que correspondan a costes reales de ejecución de la acción y se asignen a prorrata con arreglo a un método justo y equitativo debidamente justificado.

b) Gastos del personal que se contrate para la realización de las actividades objeto de la subvención.

c) Gastos de locales, incluyéndose los derivados de alquiler y amortización, y gastos de equipamiento, esto es, los derivados de la utilización de equipos y mobiliario,
incluyéndose, asimismo, los derivados de alquiler y amortización.

d) Material didáctico.

e) Publicidad.

f) Seguro de los participantes.

g) Desplazamientos y dietas.

h) Ayudas destinadas a sufragar determinados gastos de los participantes, en cuanto a necesidades de transporte, alojamiento y manutención.

i) Incentivos a las empresas que acojan a los participantes para la realización de prácticas laborales no remuneradas, en cuyo caso, se especificará el importe por el concepto que proceda.

Documentos asociados

Boletín: 05/04/2007
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 82
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 10/07/2008
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 166
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 27/01/2009
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 23
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 09/09/2009
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 218
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 17/11/2009
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 277
Documento: Convocatoria 2010 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 24/11/2009
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 283
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento