Ayudas, pagos directos a la agricultura y a la ganaderia, en el ambito de la Comunitat Valenciana, y se regulan las solicitudes de pago anual de 2008 para determinadas medidas agroambientales del periodo 2000- 2006, las solicitudes de inclusion en el nuevo regimen de ayudas agroambientales del periodo 2008- 2013, la transformacion de compromisos de las medidas agroambientales de 2000- 2006 en compromisos de las ayudas agroambientales de 2008- 2013 y las ayudas de indemnizacion compensatoria para los agricultores de zonas con dificultades naturales de la Comunitat Valenciana.

Código de ayuda:

S08282/08

Norma:

RESOLUCION de 25 de enero de 2008. Real Decreto 1470/2007, de 2 de noviembre.

Plazo de Solicitud:

Solicitudes de ayuda única: hasta el 30 de abril. (primas por sacrificio y pagos adicionales, consultar plazos).

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente resolución convoca las ayudas sobre la base del Real Decreto 1470/2007, de 2 de noviembre, sobre aplicación de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería, derivados de la normativa básica recogida en el Reglamento (CE) nº 1782/2003 del Consejo, de 29 de septiembre, por el que se establecen disposiciones comunes aplicables a los regímenes de ayuda directa en el marco de la política agrícola común, y se instauran determinados regímenes de ayuda a los agricultores, así como en aplicación de las órdenes de la conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, de 21 de enero de 2008, por la que se regulan las bases de las ayudas agroambientales para el periodo 2008-2013, y la de de 21 enero de 2008, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas de Indemnización Compensatoria para los agricultores de zonas con dificultades naturales de la Comunitat Valenciana.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Consellería de Agricultura, Ganadería, y Pesca. (Comunidad Valenciana)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Explotaciones agrícolas y ganaderas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las ayudas previstas son:

a) Pago desacoplado correspondiente al régimen de pago único.
b) Pagos acoplados a los productores de cultivos herbáceos (cereales, oleaginosas, proteaginosas, lino no textil, lino y cáñamo destinados a la producción de fibras y superficies retiradas de la producción) y vacuno, ovino y caprino.
c) Pagos específicos a los productores de: trigo duro, proteaginosas, arroz, frutos de cáscara, cultivos energéticos, patatas para fécula, semillas, algodón, olivar y tabaco.
d) Pagos adicionales a los agricultores por aplicación del artículo 69 del Reglamento (CE) 1782/2003, del Consejo de 29 de septiembre de 2003, al programa nacional de desarrollo de la Política Agrícola Común (en adelante PAC) en los sectores del algodón, tabaco, remolacha y caña de azúcar y ganado vacuno de carne y de leche.
e) Pago anual de las medidas agroambientales del periodo 2000-06:
– Protección de flora y fauna en humedales: actuaciones en arrozales,
– Agricultura y ganadería ecológica
– Producción integrada en vid
– Producción integrada en cítricos
– Lucha contra la erosión y control integrado.
– Mantenimiento de razas puras en peligro de extinción (guirra)
f) Transformación de compromisos de las medidas agroambientales del periodo 2000-2006 en compromisos de las ayudas agroambientales del periodo 2008-2013.
g) Ayuda agroambiental del periodo 2008-2013:
– Agricultura ecológica.
– Cultivo sostenible del arroz en humedales.
– Producción integrada en vid
– Producción integrada en cítricos.
– Lucha contra la erosión en cultivos leñosos en terrazas o bancales.
– Mantenimiento de razas en peligro de extinción: raza ovina Guirra.
i) Ayudas de Indemnización Compensatoria de zonas con dificultades naturales de la Comunitat Valenciana: de montaña y distintas de montaña.

Asimismo, se establece el modo en que deben declararse las superficies de frutas y hortalizas que deseen optar a los pagos transitorios que se establezcan en España como consecuencia de la publicación del Reglamento (CE) 1182/2007 y, para el caso de cítricos, la superficies de cítricos plantadas a 30 de septiembre de 2006, al objeto del establecimiento del régimen de pago único en este sector. Las solicitudes
de estos pagos se entenderán condicionadas a publicación de las disposiciones nacionales pertinentes que regulen dichas ayudas.

También se regula la utilización de las tierras retiradas de la producción cuya superficie justifica derechos de retirada para cultivar materias primas para la obtención de productos con destino no alimentario.

Del mismo modo, se establecen los criterios de aplicación en la Comunitat Valenciana del sistema integrado de gestión y control de determinados regímenes de ayudas comunitarios, de acuerdo con lo
previsto en el Reglamento (CE) nº 1782/2003, del Consejo de 29 de septiembre de 2003.

El ámbito de aplicación para las medidas agroambientales del periodo 2000-2006 es el detallado en las órdenes de convocatoria correspondientes al primer año de solicitud.
En las ayudas agroambientales 2008-2013 y en las ayudas de Indemnización Compensatoria, el ámbito es el establecido en las Órdenes de bases reguladoras de estas ayudas.

Documentos asociados

Boletín: 03/11/2007
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 264
Documento: Real Decreto 1470/2007 Descargar Documento
Boletín: 05/02/2008
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 5696
Documento: Convocatoria periodo 2008-2013 Descargar Documento