Ayudas individualizadas de transporte y/o comedor escolar para el curso 2010/2011.- Modificación de la ayuda.

Código de ayuda:

S53382/10

Norma:

ORDEN de 9 de septiembre de 2010. DECRETO 92/2008, de 9 de mayo. DECRETO 83/2014, de 20 de mayo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 07/10/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Sufragar los gastos de transporte y/o comedor escolar de aquel alumnado que, escolarizado en centros públicos, en segundo ciclo de Educación Infantil o Enseñanza Obligatoria, no dispone de centro docente adecuado a su nivel de estudios o a sus necesidades educativas en la localidad de residencia y no puede hacer uso de estos servicios, contratados o gestionados por la Consejería de Educación.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Transporte

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Educación (Extremadura)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. Para la modalidad de transporte diario, la cuantía de las ayudas se determinará conforme a los siguientes criterios:

a) Total de los kilómetros recorridos por el alumnado desde el domicilio familiar al centro o a la parada más próxima de la ruta escolar:

— De 41 a 60 km semanales: hasta 300 euros alumno/curso.

— De 61 a 80 km semanales: hasta 335 euros alumno/curso.

— De 81 a 100 km semanales: hasta 400 euros alumno/curso.

— De 101 a 150 km semanales: hasta 535 euros alumno/curso.

— De 151 a 200 km semanales: hasta 665 euros alumno/curso.

— De 201 a 250 km semanales: hasta 800 euros alumno/curso.

— Más de 250 km semanales: hasta 930 euros alumno/curso.

b) Número de desplazamientos semanales, incluidos aquellos que se realicen para asistir a las actividades lectivas y/o formativas complementarias.

c) Número de días lectivos del calendario escolar del curso 2010/2011.

2. Para la modalidad de transporte fin de semana, la cuantía de las ayudas se determinará conforme a los siguientes criterios:

a) Total de los kilómetros recorridos por el alumnado desde el domicilio familiar a la escuela hogar o residencia adjudicada:

— Hasta 24 km: hasta 100 euros alumno/curso.

— De 25 a 50 km: hasta 235 euros alumno/curso.

— De 51 a 100 km: hasta 265 euros alumno/curso.

— De 101 a 150 km: hasta 300 euros alumno/curso.

— De 151 a 200 km: hasta 335 euros alumno/curso.

— Más de 200 km: hasta 400 euros alumno/curso.

b) Número de desplazamientos que realiza durante el curso escolar 2010/2011.

c) Número de fines de semana de cada curso académico.

3. Podrán concederse ayudas para cubrir el coste total del servicio, aunque se superen las cuantías previstas en las dos modalidades anteriores, en el caso del alumnado que carezca de medio de transporte propio o de línea regular de viajeros para acudir al centro educativo, escuela hogar o residencia pública en la que tiene adjudicada plaza. La Dirección de los centros podrán organizar el traslado del alumnado de manera colectiva. Estas circunstancias deberán justificarse documentalmente. La cuantía de la subvención por el coste total del servicio no podrá superar el importe resultante de multiplicar 0,95 euros
por kilómetros recorridos.

4. Para la modalidad de comedor escolar, la cuantía máxima de la ayuda será de 572,32 euros por alumno/a y se calculará teniendo en cuenta los siguientes criterios:

a) El precio público establecido para el servicio.

b) Número de comidas que el alumno/a tenga que realizar fuera del domicilio familiar.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas que cumplan los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las modalidades de las ayudas serán las siguientes:

a) Transporte diario: ayudas para sufragar los gastos del traslado diario del alumnado, desde su domicilio habitual al centro escolar o a la parada más próxima de una ruta de transporte escolar organizado.

b) Transporte fin de semana: ayudas para sufragar los gastos del traslado del alumnado los fines de semana, desde su domicilio habitual a la Escuela-Hogar o Residencia de la Consejería de Educación en la que tiene adjudicada plaza.

c) Comedor: ayudas para sufragar los gastos derivados de comedor al alumnado que asista, en sesión de tarde (lectiva o formativa complementaria), al centro público donde está escolarizado, siempre que éste no disponga de servicio de comedor escolar gestionado por la Consejería de Educación.

Requisitos:

1. Los beneficiarios deberán cumplir, con carácter general, los siguientes requisitos:

a) Tener residencia familiar en Extremadura en la fecha de la solicitud o gozar de la condición de extremeño, de conformidad con la Ley 6/2009, de 17 de diciembre, del Estatuto de los extremeños en el exterior.

b) Estar matriculado en centro educativo público de la Comunidad Autónoma de Extremadura en 2.º ciclo de Educación Infantil, Primaria o Secundaria Obligatoria.

2. Además de los anteriores, habrán de reunir los requisitos de carácter específico que se determinan a continuación:

a) En la modalidad de transporte diario:

— No contar con centro público que imparta su nivel de estudios en la localidad donde tiene la residencia habitual, y siempre que el centro donde se encuentra escolarizado sea el que le corresponde por adscripción.

— No contar con ruta de transporte escolar contratada por la Consejería de Educación.

— Recorrer una distancia superior a 2 kilómetros para acceder al centro educativo o a la parada más próxima del transporte escolar organizado.

b) En la modalidad de transporte fin de semana:

— Tener adjudicada plaza en alguna de las escuelas hogar o residencias gestionadas por la Consejería de Educación.

— Residir en un núcleo de población distinto al de la escuela hogar o residencia en la que tiene adjudicada plaza y que ésta diste más de 2 kilómetros del domicilio familiar.

c) En la modalidad de comedor:

— Carecer el centro donde está escolarizado el alumno/a de servicio de comedor escolar gestionado por la Consejería de Educación.

— Asistir a las actividades en sesión de tarde (lectivas o formativas complementarias) programadas en el centro público en el que está escolarizado.

— Ser usuario del servicio de transporte escolar.

Documentos asociados

Boletín: 15/05/2008
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 93
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 15/09/2010
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 178
Documento: Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 27/05/2014
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 100
Documento: Modificación Descargar Documento