Ayudas individuales para la promoción de los deportistas y técnicos deportivos / técnicas deportivas de la isla de Ibiza para el año 2008.

Código de ayuda:

S43755/08

Norma:

Consejo Insular de Ibiza.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/06/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La aprobación de las Bases para la concesión de ayudas individuales para la promoción de los deportistas y técnicos deportivos / técnicas deportivas de la isla de Ibiza para el año 2008.

La publicación de las bases en el BOIB y publicar el anuncio de esta convocatoria en la prensa local, y exponerla en el tablón de anuncions del Consell.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Formación

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejo Insular de Ibiza (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cantidad máxima total por beneficiario no podrá superar la cantidad de 3.000 euros.

En el caso que para una línea no se agote la consignación presupuestaria, la cantidad sobrante será asignada a la otra línea.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Personas beneficiarias:

Se pueden acoger a la presente convocatoria las personas que esten incluidas en alguno de los siguientes grupos:

A la línea 1:

Modalidad a:
-Deportistas de la isla de Ibiza que estén preseleccionados o seleccionados para participar en los Juegos Olímpicos de Pekín.
-Deportistas de la isla de Ibiza clasificados/das el año pasado, en su categoría deportiva, entre los 10 primeros del ránquing nacional o del Campeonato de España.
-Deportistas de la isla de Ibiza clasificados/das el año pasado, en su categoría deportiva, entre los quince primeros del ránquing europeo o mundial o del Campeonato de Europa o del Mundo.

Modalidad b:
-Deportistas de la isla de Ibiza, que estén inscritos y/o alojados en cualquier centro de tecnificación deportiva o centro de alto rendimiento fuera de las islas Pitiusas.

A la línea 2:
-Técnicos deportivos residentes en la isla de Ibiza.

Los deportes han de ser federados y reconocidos por el Consejo Superior de Deportes.

La participación dentro de una selección autonómica en el correspondiente campeonato de España ha de ser en representación de las Islas Baleares.

No se incluye en esta convocatoria la categoría de veteranos y los campeonatos de España universitarios.

Las ayudas se otorgaran solo a deportistas no profesionales.

Los campeonatos de España en los que participen los deportistas han de estar incluidos dentro del calendario oficial de la federación española correspondiente.

La participación en competiciones internacionales ha de ser integrando la selección española correspondiente.

Los deportistas han de tener ficha federativa de una federación de las Islas Baleares, excepto si no hay representación federativa en las Islas Baleares del deporte practicado.

Tener como mínimo una antigüedad de residencia de tres años en la isla de Ibiza a contar desde el dia de la publicación de estas bases al BOIB.

Los solicitantes deberán de:
- Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
- No estar sometidos a ninguno de os supuestos de prohibición por ser beneficiario de subvenciones establecidas en el articulo 20 del Texto Refundido de la Ley de Subvenciones, aprobado por Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, en relación el artículo 13 de la Ley 38/2003, general de subvenciones.
- No tener deudas con el Consell Insular d’Eivissa.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

El objeto de estas bases es la concesión de ayudas económicas para la mejora de los deportistas destacados, así como los técnicos deportivos de la isla de Ibiza. Se establecen las siguientes líneas de soporte económico:

Línea 1:
Modalidad a: -Ayudas para la formación y progreso deportivo de los deportistas destacados de la isla de Ibiza.
Modalidad b: -Ayudas para el alojamiento y desplazamientos inscritos en cualquier centro de tecnificación deportiva o centro de alto rendimiento fuera de las islas Pitiusas.

Linea 2:
-Ayudas para la formación técnica deportiva fuera de las islas Pitiusas en cursillos organizados por las federaciones deportivas u otras instituciones deportivas.
Excepto:
-La licenciatura de Ciencias de la Actividad Física o INEF.
-La diplomatura en Magisterio y especialidad en Educación Física
-La formación profesional deportiva (TAFAD).
-La realización de cursillos de monitores deportivos en academias privadas.
-La realización de cursillos de formación de técnico deportivo elemental o monitor federativo.
-La realización de cualquier curso de formación impartido en las islas Pitiusas.

No será necesario que la solicitud sea previa a la realización de la actividad de la cual se solicita ayuda, si bien se deberá llevar a cabo durante el año natural correspondiente.

Documentos asociados

Boletín: 10/06/2008
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 81
Documento: Bases y Convocatoria 2008 Descargar Documento