Ayudas individuales para la participación en actividades de formación del profesorado.

Código de ayuda:

S07164/04

Norma:

Orden de 8 de marzo de 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 23/09/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Promover actividades de formación del profesorado que ejerce en niveles anteriores a la universidad, con la finalidad de fomentar la iniciativa de los docentes hacia su propia formación en actividades que elijan libremente.

Categorías Subvención

  • Formación

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Educación (Extremadura)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

- Tipo A: Cuantía máxima 1.202,02 euros.

- Tipo B: Cuantía máxima 1.081,82 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Los profesores en activo, con destino en centros públicos y privados concertados que imparten enseñanzas en régimen general y/o de régimen especial en al ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que se encuentre ejerciendo o haya ejercido la
docencia en los niveles no universitarios durante el curso correspondiente a la convocatoria, o esté desempeñando tareas relacionadas directamente con la educación y la docencia no universitaria en los servicios centrales, complementarios y concurrentes de la Consejería de Educación, Ciencia y Tecnología.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La realización de una actividad de formación y perfeccionamiento de interés educativo y relacionada con el área o especialidad del solicitante, que se haya desarrollado en la Comunidad Autónoma de Extremadura, resto del Estado español o extranjero.

- Tipo A: Modalidades de la actividad:
Congresos, cursos, seminarios y otras análogas que se realicen fuera de España.

- Tipo B: Modalidades de la actividad:
Congresos, cursos, seminarios y otras análogas que se realicen en España.

Requisitos:

a) No recibir ayuda o beca suficiente de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales o extranjeros, para la misma finalidad.

b) No haber disfrutado durante la anterior convocatoria de ayudas, de una beca o ayuda económica para la realización de
una actividad de formación del profesorado, o habiéndola recibido, ésta no superase la cantidad de 60,10 euros.

c) No ser beneficiario de otra ayuda a través de la presente convocatoria.

d) No encontrarse incluido entre los profesores que hayan recibido una ayuda individual para participar en actividades de formación en otros Estados miembros de la Unión Europea y que reúnan los requisitos establecidos en las específicas convocatorias de ayudas (Sócrates, Leonardo da Vinci...).

e) No ser beneficiario de licencia por estudios durante el periodo de celebración de la actividad.

f) Realizar la actividad en horario no lectivo.

Documentos asociados

Boletín: 13/03/2004
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 30
Documento: Convocatoria Descargar Documento