Ayudas individuales para la adquisición de ayudas técnicas y eliminación de barreras.

Código de ayuda:

S23219/06

Norma:

Orden de 06-07-2006.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 03/08/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar ayudas individuales para:
- Adquisición de ayudas técnicas (entendiendo por éstas aquellos instrumentos que faciliten a la persona su relación o mejoren su autonomía).
- Eliminación de barreras arquitectónicas en edificios particulares, con la finalidad de hacer accesibles el interior de las viviendas o el acceso a las mismas.

Quedan excluidas de esta Orden las prestaciones ortoprotésicas.

Categorías Subvención

  • Discapacidad / Personas con discapacidad

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Bienestar Social (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las ayudas podrán ser concedidas por el coste total de la ayuda solicitada o por una parte de la misma. En todo caso, las ayudas no podrán exceder de 15.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

1. Tendrá la condición de titular de la ayuda, el solicitante a quien se le conceda a título propio o a favor de otros como prepresentante legal o guardador de hecho.

2. Será beneficiario de la ayuda el solicitante a quien se le conceda a título propio o aquella persona que por razón de la edad o capacidad legal necesite de otra que le represente.

Requisitos:

a) Residir de manera efectiva y continuada en la Región y estar empadronado en alguno de sus municipios con un año de anterioridad a la fecha de solicitud.
b) Tener reconocido un grado de minusvalía de al menos 33%, o, en el caso de menores de 6 años, presentar trastornos en su desarrollo o riesgo de padecerlos.
c) Concordancia entre la discapacidad y la ayuda solicitada.
d) Poseer domicilio fiscal en la región.
e) No hallarse incurso en procedimiento de reintegro de subvenciones o sancionadores en materia de ayudas públicas.
d) No encontrarse en cualquiera de las circunstancias previstas en el art.13 de la Ley General de Subvenciones.

Los mayores de 70 años, aún sin tener reconocido un grado de minusvalía de al menos el 33%, pueden solicitar Ayudas para Eliminación de Barreras para su domicilio habitual justificando mediante informe médico normalizado (Anexo I) sus dificultades de movilidad.

Documentos asociados

Boletín: 19/07/2006
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 147
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento