Ayudas individuales de transporte escolar para el alumnado matriculado en centros docentes publicos no universitarios titularidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en el curso 2011/2012.

Código de ayuda:

S33146/12

Norma:

Orden de 24/08/2012.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 22/09/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Financiar el coste del desplazamiento diario o de fin de semana del alumnado
de acuerdo con lo establecido en el artículo 2.2 del Decreto 119/2012 de 26 de julio de 2012 por el que se regula la organización y el funcionamiento del servicio de transporte escolar financiado por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en los centros docentes públicos dependientes de ésta.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Transporte

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Educación, Cultura y Deportes (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) Las cuantías máximas de las ayudas individuales de transporte escolar serán:

Hasta 10 km.. 318 euros alumno/curso
De más de 10 a 15 km.. 409 euros alumno/curso
De más de 15 a 20 km.. 498 euros alumno/curso
De más de 20 a 30 km.. 588 euros alumno/curso
De más de 30 a 40 km.. 677 euros alumno/curso
De más de 40 a 50 km.. 769 euros alumno/curso
Más de 50 km. 902 euros alumno/curso

b) Las cuantías máximas de las ayudas para transporte de fin de semana en los niveles citados serán:

Hasta 20 km.. 315 euros alumno/curso
Más de 20 km.. 394 euros alumno/curso

La cuantía de la ayuda será proporcional a los días de escolarización real para el alumnado matriculado con posterioridad al inicio del curso escolar o que haya causado baja en el centro con anterioridad a la finalización del curso escolar.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

a) El alumnado que, reuniendo los requisitos de los apartados siguientes, está escolarizado en centros docentes públicos de Castilla-La Mancha en Segundo Ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Educación Especial.

b) El alumnado que curse estudios en un centro de su zona o ámbito de escolarización, siempre que el mismo esté ubicado en localidad distinta a la de su domicilio habitual.

c) El alumnado que resida en pedanía o población rural dispersa perteneciente a la misma localidad donde esté ubicado el centro de estudios, y cumpla el requisito de distancia superior a 5 Km., desde su domicilio al límite del casco urbano.

d) El alumnado de Educación Especial, escolarizado en un centro educativo ubicado en la misma o en distinta localidad del domicilio familiar, cuando las necesidades derivadas de la discapacidad del mismo, dificulten su desplazamiento al centro de acuerdo con lo que establezca el dictamen de escolarización siempre que la distancia al centro escolar sea superior a 1km. Se considerará incluido en este punto, el alumnado de integración escolarizado en centros públicos ordinarios, con discapacidades motóricos o de otro tipo, que justifiquen la necesidad de ser usuario del transporte escolar.

e) El alumnado que se encuentre interno en residencias no universitarias dependientes de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por no contar en su localidad de origen, con centro o plazas vacantes en su nivel de
escolarización. En este caso, el derecho a la ayuda de transporte será exclusivamente los fines de semana.

f) Con carácter excepcional se podrán conceder ayudas individuales de transporte escolar, previo informe de la persona titular de los Servicios Periféricos de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes al alumnado que, aun no cumpliendo los requisitos generales contenidos en este artículo, se encuentre en situaciones especiales que justifiquen la concesión de dicha ayuda, siempre que exista disponibilidad presupuestaria al efecto.

Requisitos:

a) No poder hacer uso del servicio de transporte escolar por alguna de las siguientes causas:

1º Inexistencia de rutas programadas de transporte escolar.

2º Encontrarse su domicilio a más de dos kilómetros de la parada de transporte escolar más próxima.

3º Estar inscrito en el centro docente en alguno de los programas educativos siguientes: Secciones Europeas, Programa de Acompañamiento u horas de refuerzo educativo. En estos casos el alumnado percibirá la ayuda individual
por un importe que se determinará en función de la distancia al centro y del número de días de asistencia a dichos programas.

b) Tener residencia y domicilio fiscal en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha con anterioridad al 1 de enero de 2011. Se podrá autorizar, a los Servicios Periféricos de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes a
comprobar los datos correspondientes o, en caso contrario, se acreditará mediante la presentación de certificación administrativa positiva expedida por el órgano competente.

Documentos asociados

Boletín: 05/09/2012
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 174
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2012 y Anexos Descargar Documento