Ayudas individuales de la Agencia Asturiana de Emigración para asturianos o descendientes residentes en el exterior.

Código de ayuda:

S09146/06

Norma:

RESOLUCIÓN 10 de marzo de 2006.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/06/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de ayudas económicas individuales, directas, extraordinarias, no periódicas, de carácter social y asistencial destinadas a los asturianos o descendientes residentes en el extranjero que se encuentren en una situación de necesidad.

Su finalidad es cubrir las necesidades básicas de subsistencia de los beneficiarios descritos en la cláusula siguiente, tales como manutención y alojamiento, o solventar contingencias familiares.

Las ayudas estarán destinadas a subvenir gastos realizados con posterioridad al 1 de enero de 2006.

Categorías Subvención

  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Justicia, Seguridad Pública y Relaciones Exteriores (Principado de Asturias)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Podrán solicitar las ayudas de la presente convocatoria las personas que reúnan los siguientes requisitos de carácter general:
a) Ostentar la nacionalidad española.
b) Ser mayor de edad.
c) Ser natural de Asturias, o descendientes de asturianos, en primer grado de consanguinidad.
d) No percibir pensión asistencial, ni ningún tipo de ayuda procedente de la Administración Estatal española.
e) Carecer de bienes e ingresos que permitan el nivel mínimo de subsistencia. A estos efectos, se computarán todo tipo de rentas, incluso ayudas públicas o privadas o análogas que no cubran las necesidades básicas de los solicitantes.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se establecen cuatro clases de ayudas:
a) Ayudas individuales por invalidez o enfermedad permanente para menores de 65 años.
b) Ayudas individuales para situaciones de precariedad.
c) Ayudas individuales para situaciones de emergencia social.
d) Ayudas para cubrir situaciones especiales de discapacidad.

Documentos asociados

Boletín: 30/03/2006
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 74
Documento: Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento