Ayudas individuales a personas adultas para el aprendizaje de euskera.

Código de ayuda:

S34346/19

Norma:

ORDEN FORAL 27/2019, de 13 de mayo.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 16 de septiembre de 2019,

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente convocatoria tiene por objeto regular la concesión de ayudas individuales a personas adultas censadas en la Comunidad Foral de Navarra para el aprendizaje de euskera.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Departamento de Relaciones Ciudadanas (Navarra)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Podrán acogerse a las ayudas previstas en esta convocatoria las personas que cumplan los requisitos marcados por el artículo 13 de la Ley Foral de Subvenciones.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Enseñanza impartida en grupos ordinarios de carácter presencial con un mínimo de 4 horas lectivas semanales y una duración mínima del curso de 90 horas.

b) Internados, con un mínimo de 80 horas lectivas por curso.

c) Enseñanza impartida por medios telemáticos que contemplen un mínimo de 100 horas de trabajo por curso.

d) Enseñanza de euskera de carácter específico y de adaptación a la diversidad en la demanda, siempre que sea presencial y su duración supere las 90 horas lectivas.

Requisitos:

–Ser mayores de 16 años. En el caso de las personas menores de edad, la solicitud la realizarán sus progenitores o quien ostente su tutela legal.

–Estar empadronadas en Navarra a la fecha de publicación de la presente convocatoria.

–Estar al corriente en los pagos a la Hacienda de Navarra y con las obligaciones de la Seguridad Social.

–Estar inscritas en algún curso de euskera con posterioridad al 1 de noviembre de 2018, el curso deberá estar finalizado para el 30 de septiembre de 2019. El curso deberá estar impartido por una entidad que tenga entre sus finalidades principales la enseñanza del euskera, y cuente con medios propios para esa finalidad, incluida una programación propia.

–Tener una asistencia certificada mínima del 80%. Las personas inscritas en cursos de autoaprendizaje deberán justificar también la asistencia al curso. Dicha asistencia o aprovechamiento se deberá justificar a la finalización del curso.

Documentos asociados

Boletín: 27/05/2019
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 101
Documento: Bases, Convocatoria 2019 y Anexos Descargar Documento