Ayudas financieras del programa de préstamos cualificados para la rehabilitación de edificios y viviendas.

Código de ayuda:

S01400/20

Norma:

ORDEN de 20 de diciembre de 2019. RESOLUCIÓN de 30 de diciembre de 2019. RESOLUCIÓN de 5 de marzo de 2021. Resolución de 11 de mayo de 2022. RESOLUCIÓN de 9 de agosto de 2022.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 2 de noviembre de 2022.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta resolución tiene por objeto convocar para la anualidad 2022 las ayudas financieras del programa de préstamos cualificados para la rehabilitación de edificios y viviendas.

Categorías Subvención

  • Financiación Preferente / Préstamos
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

65.000 euros para la anualidad 2022, por importe de 90.670 euros para la anualidad 2023, por importe de
91.000 euros para la anualidad 2024, por importe de 88.000 euros para a anualidad 2025 y por importe de 60.000 euros para la anualidad 2026.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las personas físicas que promuevan las actuaciones de rehabilitación, ya sean propietarias o tengan cualquier otro título que acredite la posesión del inmueble, así como las personas miembros de comunidades de propietarios/as partícipes en las actuaciones promovidas por la correspondiente comunidad en función de su porcentaje de participación.

Las comunidades de propietarios/as podrán beneficiarse de los préstamos cualificados para la rehabilitación de edificios pero no de las ayudas de subsidiación de los intereses de los citados préstamos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las ayudas financieras del programa de préstamos cualificados para la rehabilitación de edificios y viviendas podrán consistir en:

a) Préstamos cualificados para la rehabilitación de edificios y viviendas situados en el territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia, dirigidos a financiar la ejecución de estas actuaciones y concedidos por las entidades de crédito que participen en el desarrollo de este programa.

b) Ayudas económicas directas, consistentes en la subsidiación de los intereses del préstamo cualificado.

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