Ayudas financiadas por el FEAGA (Fondo Europeo Agricola de Garantia) y FEADER (Fondo Europeo Agricola de Desarrollo Rural) incluidas en la solicitud unica.- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S06555/14

Norma:

Orden GAN/3/2014, de 17 de febrero. Orden GAN/29/2014, de 9 de mayo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/05/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular y convocar para la campaña 2014 la solicitud única.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Desarrollo Rural

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente (Cantabria)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Los titulares de derechos de pago único para la campaña referida que lo soliciten y cumplan los requisitos para percibirlos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Los pagos de los siguientes regímenes de ayudas directas financiados por el FEAGA:

a) El régimen de pago único para los titulares de derechos según lo establecido en el artículo 3.1 del Real Decreto 1680/2009, de 13 de noviembre, sobre la aplicación del régimen de pago único en la agricultura y la integración de determinadas ayudas agrícolas en el mismo a partir del año 2010.

b) Regímenes de ayudas por ganado vacuno de la prima por vaca nodriza y prima complementaria por vaca nodriza.

c) Ayudas específicas a los productores por aplicación del artículo 68 del Reglamento (CE) n.º 73/2009:

- Ayudas a los agricultores que ejerzan actividad agrícola:

o Programa Nacional para el fomento de rotaciones de cultivo en tierras de secano.

o Programa Nacional para el fomento de la calidad de las legumbres.

o Programa Nacional para el fomento de actividades agrícolas específicas que reporten mayores beneficios agroambientales en determinadas especies del sector de los frutos de cáscara.

o Programa Nacional para el fomento de la calidad del tabaco.

o Programa Nacional para el fomento de la calidad del algodón.

o Programa Nacional para el fomento de la calidad de la remolacha az- Ayudas a los agricultores que ejerzan actividad ganadera:

o Ayuda para la mejora de la calidad de la carne de vacuno.

o Ayuda para compensar desventajas específicas que afectan a los agricultores que mantienen vacas nodrizas.

o Ayuda para la mejora de la calidad de las producciones de ovino y caprino.

o Ayuda para compensar las desventajas especificas que afectan a los agricultores del sector ovino.

o Ayuda para compensar las desventajas especificas que afectan a los agricultores del sector caprino.

o Ayuda para compensar las desventajas especificas que afectan a los agricultores del sector vacuno de leche.

o Ayuda para la mejora de la calidad de la leche y de los productos lácteos de vaca.

d) Regímenes de ayuda a los cultivos:

- Ayuda específica al cultivo de algodón.

- Ayudas a los productores de remolacha azucarera.

- Ayuda nacional a los frutos de cáscara.

2. Regular y aprobar para la campaña 2014, en régimen de concurrencia competitiva, las siguientes ayudas al desarrollo rural cofinanciadas por el FEADER:

a) Convocatoria de las ayudas agroambientales establecidas en el Título IV, Capítulo I, Sección 2ª del Reglamento (CE) n.º 1698/2005:

- Mantenimiento y protección de praderas naturales para una producción ganadera sostenible y conservación del paisaje.

- Pastoreo tradicional con desplazamiento estacional a pastos comunales.

- Mantenimiento de razas autóctonas puras.

- Agricultura ecológica.

- Ganadería ecológica.

- Apicultura ecológica.

b) Ayuda de indemnización compensatoria establecida en el Reglamento (CE) n.º 1698/2005.

c) Ayuda destinada a la utilización de los servicios de asesoramiento establecida en el
Reglamento (CE) n.º 1698/2005.

2. Regular y aprobar para la campaña 2014 la convocatoria de las solicitudes de modificación
del SIGPAC.

3. Regular y aprobar para la campaña 2014 la convocatoria de las solicitudes de derechos de
pago único con cargo a la Reserva Nacional.

4. Las ayudas reguladas en la presente orden son incompatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.

Requisitos:

Todos aquellos agricultores a los que se les vayan a asignar derechos y que no posean en
propiedad derechos de pago único previos, en el momento de presentar su solicitud única, deberán solicitar, al presentarla, la admisión al régimen de pago único para poder participar en el mismo y recibir la asignación de derechos definitivos que les corresponda.

Documentos asociados

Boletín: 21/02/2014
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 36
Documento: Bases, Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 14/05/2014
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 91
Documento: Modificación Descargar Documento