Ayudas extraordinarias, supletorias y urgentes destinadas a trabajadores por cuenta propia o autónomos, comunidades de bienes, sociedades civiles y pymes del sector cultural que no se encontraban al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social con cargo al fondo de ayudas urgentes por la COVID-19 durante el año 2021.

Código de ayuda:

S47473/21

Norma:

Ley del Principado de Asturias 3/2020, de 30 de diciembre. Resolución de 13 de septiembre de 2021.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 1 de octubre de 2021.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar ayudas extraordinarias, supletorias y urgentes destinadas a trabajadores por cuenta propia o autónomos, comunidades de bienes, sociedades civiles y pymes afectados por la crisis de la COVID-19, con domicilio fiscal en el territorio de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, cuya actividad no pudo ser desarrollada plenamente como consecuencia de la aplicación de medidas adoptadas por las autoridades competentes para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 y que no pudieron dar cumplimiento a la totalidad de condiciones y requisitos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para acreditar la condición subjetiva de beneficiarios y para que pudiera o pueda procederse al pago de la ayuda.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Creación nuevas empresas
  • Otras

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Cultura, Política Llingüística y Turismo (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Cuantía total: 300.000 € Cuantía máxima, según bloque y tramo que corresponda.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Trabajadores por cuenta propia o autónomos, comunidades de bienes, sociedades civiles y pymes afectadas por la crisis de la COVID-19, con domicilio fiscal en el territorio del Principado de Asturias y cuyas no pudieron ser desarrolladas como consecuencia de la aplicación de medidas adoptadas por las autoridades competentes para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, que como consecuencia de sus deudas desde el 14 de marzo de 2020 no hubiesen podido solicitar, o le hubieran sido denegadas ayudas convocadas con cargo a la disposición adicional IX de la Ley del Principado de Asturias 3/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales para 2021.

Documentos asociados

Boletín: 31/12/2020
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 251
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 17/09/2021
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 180
Documento: Convocatoria 2021 (Extracto) Descargar Documento
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