Ayudas extraordinarias para Rehabilitacion y mejora de equipamientos en edificios de viviendas dentro del Plan Impulso 2013 para el crecimiento economico y la proteccion Social.- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S34628/13

Norma:

ORDEN de 11 de septiembre de 2013.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/09/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las normas reguladoras y efectuar la convocatoria de las ayudas incluidas en el PLAN IMPULSO para la rehabilitación y mejora del parque de vivienda aragonés, incidiendo en particular en las actuaciones que mejoren las condiciones de conservación, accesibilidad y eficiencia energética de los elementos comunes y privativos de los edificios de viviendas destinadas a domicilio habitual y permanente.

Categorías Subvención

  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Obras Públicas, Urbanismo, Vivienda y Transportes (Aragón)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima de las ayudas será del 50% del coste total subvencionable de las actuaciones incluidas en los conceptos definidos en el artículo 2, con un límite máximo de 7.500 euros por vivienda.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Los propietarios de edificios de viviendas y las comunidades de propietarios, ya sean personas físicas o jurídicas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) La adecuación estructural, considerando como tal las obras que proporcionen al edificio condiciones de seguridad constructiva, de forma que quede garantizada su estabilidad, resistencia, firmeza y solidez.

b) La adecuación funcional, entendiendo como tal la realización de obras que proporcionen al edificio condiciones de estanqueidad frente a la lluvia y la humedad, y las que mejoren las condiciones de habitabilidad del edificio, cuando alguna de las viviendas no
reúna los requisitos mínimos respecto a superficie, programa, distribución interior e instalaciones.

c) Mejora de las condiciones de accesibilidad al edificio y a las viviendas, incluyendo las actuaciones que tengan por finalidad la supresión de barreras arquitectónicas y la adaptación a las necesidades de las personas con discapacidad o mayores de 65 años,
de conformidad con lo dispuesto en la legislación vigente.

d) Las que tengan por objeto la reducción del consumo energético y la mejora de las condiciones térmicas y acústicas de los edificios, entendiendo por éstas las que supongan la adaptación de los elementos rehabilitados a los parámetros que exigen las respectivas normativas vigentes.

e) Las que se realicen en las instalaciones de electricidad, fontanería, gas, saneamiento, recogida y separación de residuos y telecomunicaciones, con el fin de adaptarlas a la normativa vigente.

Requisitos:

Que los solicitantes se encuentren al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda estatal y autonómica y de sus obligaciones con la Seguridad Social y no estén incursos en la prohibición de obtener beneficios, ayudas o subvenciones públicas prevista en el artículo 54 de la Ley 24/2003, de 26 de diciembre, de medidas urgentes de política de vivienda protegida.

Que los beneficiarios reúnan los requisitos para obtener la condición de tal, según el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 12/09/2013
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 180
Documento: Bases y Convocatoria 2013. Descargar Documento