Ayudas extraordinarias a trabajadores afectados por procesos de reestructuracion de empresas.- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S43264/13

Norma:

Real Decreto 908/2013, de 22 de noviembre.

Plazo de Solicitud:

Consultar.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las normas especiales para la concesión directa de las subvenciones denominadas Ayudas Extraordinarias a los trabajadores afectados por procesos de reestructuración de empresas, cuyo fin es facilitar una cobertura económica a estos trabajadores, siempre que cumplan con las condiciones y requisitos establecidos en el mismo.

Categorías Subvención

  • Empleo

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Empleo y Seguridad Social ( España)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Los trabajadores despedidos de acuerdo con los artículos 51 y 52.c) del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, así como los trabajadores cuyo contrato de trabajo se extinga conforme a lo previsto en el artículo 64 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, siempre que cumplan los requisitos establecidos.

Requisitos:

1. Que tengan una antigüedad mínima en la empresa o grupo de empresas de dos años. En el caso de trabajadores con contrato a tiempo parcial o fijos discontinuos la antigüedad se computará de fecha a fecha desde la fecha de ingreso en la empresa, hasta la fecha del despido.

2. Que se encuentren en situación legal de desempleo en el momento de la concesión de la ayuda.

No obstante lo anterior, a aquellos trabajadores que se encuentren incluidos en un plan de rentas de los previstos en el artículo 4.1 de este real decreto, y que estén desempeñando una actividad remunerada en el momento de la concesión de la ayuda, se les podrá reconocer el derecho a la misma, pero su cobro quedará suspendido hasta que el trabajador se encuentre en situación legal de desempleo, iniciándose el cobro de la ayuda en ese momento pero solo por el periodo que le restase por percibir.

Documentos asociados

Boletín: 23/11/2013
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 281
Documento: Bases y Convocatoria 2013. Descargar Documento