Ayudas estatales de mínimis destinadas a las organizaciones de productores de frutas y hortalizas reconocidas titulares de centrales de acondicionamiento de fruta afectadas por las heladas asociadas a la borrasca Ciril.

Código de ayuda:

S55255/22

Norma:

Real Decreto 749/2022, de 13 de septiembre. ORDEN AGM/1282/2022, de 15 de septiembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 30 de septiembre de 2022.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 200.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar las subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a las centrales de acondicionamiento de frutas que sean titularidad de organizaciones de productores de frutas y hortalizas reconocidas con arreglo al Real Decreto 532/2017, de 26 de mayo, por el que se regulan el reconocimiento y el funcionamiento de las organizaciones de productores del sector de frutas y hortalizas, que hayan sufrido una pérdida importante de facturación, y se ubiquen en determinadas áreas afectadas por las heladas provocadas por la borrasca Ciril entre el 2 y el 5 de abril de 2022.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente (Aragón)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Conforme establece el artículo 4.1 del Real Decreto 749/2022, de 13 de septiembre, la cuantía de la subvención es establece inicialmente, en caso de no superar el límite presupuestario, en 200.000 €/entidad beneficiaria.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de esta subvención las Organizaciones de Productores, que sean titulares de centrales de acondicionamiento y que cumplan con los requisitos.

Requisitos:

a) Que se encuentren reconocidas para alguna de las categorías de reconocimiento establecidas en el anexo III del Real Decreto 532/2017, de 26 de mayo, que incluyan alguno de los productos de los sectores de fruta de hueso, fruta de pepita y/o frutos secos,

b) Que tengan efectivos productivos en las comarcas recogidas en el anexo 1 del Real Decreto 749/2022, de 13 de septiembre,

c) Que acrediten haber sufrido una pérdida en 2022 superior al 30% del valor de producción comercializada incluyendo las producciones de terceros respecto a la media del último quinquenio 2017-2021, calculada según el apartado 3 de este apartado.

El valor de producción comercializada incluyendo las producciones de terceros a efectos de la letra c) del apartado 1 del presente apartado (en adelante VPC) se corresponderá con el valor comunicado de acuerdo al artículo 21, apartado 1, del Real Decreto 532/2017, de 26 de mayo.

El cálculo de la media del VPC del último quinquenio 2017-2021, eliminando el dato menor y el mayor de la serie, se hará de oficio con base en la información contenida en la aplicación informática Sistema de Organizaciones de Productores de Frutas y Hortalizas (SOFYH) establecida en el artículo 23 del Real Decreto 532/2017, de 26 de mayo.

Documentos asociados

Boletín: 14/09/2022
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 221
Documento: Real Decreto 749/2022 Descargar Documento
Boletín: 20/09/2022
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 183
Documento: Bases y Convocatoria 2022 Descargar Documento
Boletín: 20/09/2022
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 183
Documento: Bases y Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento