Ayudas especiales para la atencion de circunstancias de caracter excepcional - Convocatoria 2010.

Código de ayuda:

S07819/09

Norma:

Orden de 27 de enero de 2009. Orden de 25 de enero de 2010.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/11/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las ayudas a las que se refiere la presente Orden son las destinadas a atender las situaciones individuales o familiares de las personas que, encontrándose afectadas por circunstancias de carácter excepcional y en situación de grave necesidad, no puedan ser atendidas a través de otros recursos o accediendo a otros derechos existentes para atender la petición objeto de solicitud.

Categorías Subvención

  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Política Social, Mujer e Inmigración (Región de Murcia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las personas o familias residentes en la Región de Murcia, que se encuentren en circunstancias de necesidad grave en el momento de la solicitud.

Requisitos:

1. Residir habitualmente en la Región de Murcia.

2. Figurar empadronado en alguno de los municipios de la Región de Murcia.

3. Acreditar la necesidad de la ayuda, mediante el correspondiente Informe Social, emitido por el Diplomado en Trabajo Social/Asistente Social del centro de servicios sociales correspondiente al domicilio del solicitante de la ayuda.

4. Carecer de recursos propios suficientes y no tener acceso a otros recursos para atender la necesidad para la que solicita la ayuda.

5. Alcanzar en los criterios de valoración un mínimo de 6 puntos.

6. El importe de la ayuda solicitada no podrá ser inferior a 200 € ni superior a 4.000 € por interesado.

7. El falseamiento u ocultación de los datos económicos y familiares declarados por los solicitantes podrá dar lugar a la denegación de la ayuda solicitada, aún cuando el solicitante reuniera los requisitos para su concesión.

8. En el supuesto en que el solicitante tenga la condición de inmigrante, además de los requisitos de carácter general, deberá disponer del necesario permiso de residencia.

Documentos asociados

Boletín: 04/02/2009
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 28
Documento: Convocatoria 2009, Bases y Anexos Descargar Documento
Boletín: 05/02/2010
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 29
Documento: Convocatoria 2010 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 09/02/2010
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 32
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento