Ayudas enmarcadas en el programa Iniciativa Joven.- Convocatoria 2011.

Código de ayuda:

S04964/11

Norma:

Orden de 30 de diciembre de 2010.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 28/02/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Fomentar y consolidar la participación libre y eficaz de la juventud en el desarrollo político, social, económico y cultural así como promover la adecuada utilización del ocio, la calidad de vida y el bienestar de los jóvenes de nuestra comunidad autónoma a través de proyectos integrales y específicos de actuación.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Educación y Ciencia
  • Juventud

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Trabajo y Bienestar (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima de la ayuda concedida será de 7.000 euros y no podrá superar el 80% del presupuesto
total.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

a) Los grupos informales de jóvenes que deseen realizar una iniciativa juvenil y reúnan los requisitos.

b) Las asociaciones juveniles y las entidades prestadoras de servicios a la juventud que carezcan de
interés de lucro y sus respectivas federaciones, siempre que en el caso de estas últimas, el proyecto que
presentan no sea el mismo que el de cada una de las asociaciones/entidades que las conforman.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Proyectos de ocio y educación para el ocio.

b) Proyectos relacionados con la creación de espacios para la comunicación y con las nuevas tecnologías.

c) Proyectos de fomento de actitudes creativas, emprendedoras, innovadoras y participativas de los
jóvenes en su comunidad y entorno.

Requisitos:

1. Las asociaciones juveniles y las entidades prestadoras de servicios a la juventud y sus respectivas
federaciones deberán estar inscritas en el censo oficial dependiente orgánicamente de la Dirección General de Juventud y Voluntariado, regulado en el Decreto 50/2000, de 20 de enero, por el que se refunde y actualiza la normativa vigente en materia de juventud, el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y cumplir la legalidad vigente en lo referente a las edades en las asociaciones juveniles (Real decreto 397/1988).

2. Los grupos informales deberán estar formados por un mínimo de 5 jóvenes con edades comprendidas
entre los 18 y los 29 años en el momento de presentar la solicitud, debidamente identificados/as, asumiendo uno de ellos el papel de representante único del grupo y con poderes suficientes para cumplir las obligaciones que, como beneficiario, corresponden al grupo. Asimismo, será necesario que el grupo tenga una denominación que lo identifique.

3. No se admitirá que la misma persona forme parte o pertenezca a otro grupo o asociación solicitante de estas ayudas.

4. En ambos casos, es requisito de los beneficiarios no estar incurso en ninguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 10º de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

5. Será requisito imprescindible para poder solicitar la ayuda, haber justificado debidamente las ayudas
recibidas en el último año, en su caso.

Documentos asociados

Boletín: 31/01/2011
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 20
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento