Ayudas encaminadas a la modernización tecnológica y digital en las estaciones de servicio de ámbito rural de la Comunidad Autónoma de Galicia, así como al desarrollo de actuaciones dirigidas a mejorar su seguridad, y se procede a su convocatoria para el año 2025 (código de procedimiento IN519F).

Código de ayuda:

S21264/25

Norma:

ORDEN de 30 de junio de 2025.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 24 de julio de 2025.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular la concesión de subvenciones para la realización de actuaciones de modernización tecnológica y digital en las estaciones de servicio de ámbito rural de la Comunidad Autónoma de Galicia, así como el desarrollo de actuaciones dirigidas a mejorar su seguridad, para el año 2025, promoviendo la mejora de la eficiencia operativa, el acceso a servicios financieros por parte de la población y el desarrollo económico mediante la incorporación de tecnologías innovadoras.

Categorías Subvención

  • Desarrollo Rural
  • Equipamientos informáticos y Tecnología

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Conserjería de Economía e Industria (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Importe total de la convocatoria: 800.000 euros.

Intensidad de las ayudas: 50 % del importe total del coste elegible de la actuación y con un máximo de 30.000,00 euros por beneficiario. Para aquellas actuaciones de tipología e.2), de acuerdo con la clasificación establecida en el artículo 3.1 de estas bases reguladoras, la intensidad de las ayudas será de un 80 % del importe total del coste elegible de las actuaciones de esa tipología con un máximo de 5.000 euros por beneficiario, siempre que se respete el máximo de 30.000 euros establecido para el conjunto de la subvención.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Podrán ser entidades beneficiarias de las subvenciones, sin perjuicio de reunir los demás requisitos establecidos en estas bases reguladoras, las pymes legalmente constituidas y los empresarios autónomos, titulares de estaciones de servicio ubicadas en los ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Galicia de menos de 20.000 habitantes, de acuerdo con los últimos datos publicados por el Instituto Gallego de Estadística, que realicen inversiones de acuerdo con el objeto de esta orden para la modernización tecnológica y digital de las estaciones de servicio.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Se considerarán subvencionables las siguientes tipologías de actuaciones:

a) La adquisición y/o instalación de sistemas y equipamientos digitales para la mejora de la gestión operativa de la estación de servicio.

b) La implantación de sistemas y equipamientos asociados al pago en la estación de servicio, así como al servicio de retirada de dinero en efectivo.

c) La integración de plataformas digitales para la optimización de la operativa de adquisición de productos y servicios ofrecidos en el establecimiento.

d) La adquisición y/o implantación de sistemas y equipamientos dirigidos a mejorar la seguridad de la estación de servicio.

e) La adquisición y/o implantación de sistemas y equipamientos dirigidos a garantizar los servicios ofrecidos por la estación de servicio en caso interrupción del suministro de energía eléctrica a través de la red de distribución.

2. Serán subvencionables los costes directamente relacionados con la ejecución de las actuaciones indicadas, incluyendo los siguientes:

a) Costes de adquisición de equipamientos tecnológicos y de software.

b) Costes de adquisición de sistemas de alimentación ininterrumpida y grupos electrógenos.

Requisitos:

a) Que la empresa figure de alta en la clase 47.30, Comercio al por menor de combustible para automóviles, del Real decreto 10/2025, de 14 de enero, por el que se aprueba la Clasificación nacional de actividades económicas 2025 (CNAE-2025).

b) Tener como mínimo dos empleados contratados por cuenta ajena y dados de alta con contratos indefinidos. Para las estaciones de servicio ubicadas en ayuntamientos con una población inferior a 2.000 habitantes, será suficiente con tener un empleado contratado por cuenta ajena con contrato indefinido o que el titular sea un empresario autónomo.

Documentos asociados

Boletín: 10/07/2025
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 131
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 Descargar Documento
Boletín: 10/07/2025
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 131
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento