Ayudas en virtud de programas de apoyo a la reestructuracion y reconversion y a la prima por arranque del viñedo.- Convocatoria 2011.- Modificaciónl.

Código de ayuda:

S37019/11

Norma:

Orden de 22 de junio de 2009. Orden de 22 de junio de 2011

Plazo de Solicitud:

El plazo permanecerá abierto todo el año.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía las buenas condiciones agrarias y medioambientales, así como sus disposiciones de aplicación, y trasladar los requisitos legales de gestión que deberán observar todos los titulares de explotaciones agrarias.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural (Andalucía)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Los titulares de explotaciones agrarias que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Medidas destinadas a la utilización sostenible de tierras agrícolas a través de:

i. Ayudas destinadas a indemnizar a los agricultores por las dificultades naturales en zonas de montaña.

ii. Ayudas destinadas a indemnizar a los agricultores por las dificultades en zonas distintas a las de montaña.

iii. Ayudas «Natura 2000» y ayudas relacionadas con la Directiva 2000/60/CE.

iv. Ayudas agroambientales.

v. Ayudas relativas al bienestar de los animales.

Medidas destinadas a la utilización sostenible de tierras forestales a través de:

vi. Ayudas a la primera forestación de tierras agrarias.

vii. Ayudas «Natura 2000».

viii. Ayudas en favor del medio forestal.


Requisitos:

a) Reciban pagos directos recogidos en el Anexo I del Reglamento (CE) núm. 73/2009 del Consejo, de 19 de enero de 2009, por el que se establecen disposiciones comunes aplicables a los regímenes de ayuda directa a los agricultores en el marco de la política agrícola común y se instauran determinados regímenes de ayuda a los agricultores y por el que se modifican los Reglamentos (CE) núm. 1290/2005, (CE) núm. 247/2006, (CE) núm. 378/2007 y se deroga el Reglamento (CE) núm. 1782/2003.

b) Sean beneficiarios de las siguientes líneas de ayudas establecidas en el artículo 36 del Reglamento (CE) núm. 1698/2005 del Consejo, de 20 de septiembre de 2005, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), modificado por el Reglamento (CE) núm. 74/2009 del Consejo, de 19 de enero de 2009.

c) Reciban ayudas en virtud de los programas de apoyo a la reestructuración y reconversión del viñedo y los que reciban pagos de la prima por arranque según lo dispuesto en los artículos 20 y 103 del Reglamento (CE) núm. 479/2008 del Consejo, de 29 de abril de 2008, por el que se establece la organización común del mercado vitivinícola.

Documentos asociados

Boletín: 22/06/2009
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 01/07/2011
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 128
Documento: Modificación Descargar Documento