Ayudas, en régimen de minimis, por la tenencia y mantenimiento de perros mastines para la defensa y guarda del ganado en régimen extensivo en zonas con riesgo de presencia del lobo en Castilla-La Mancha.

Código de ayuda:

S13900/23

Norma:

Orden 43/2023, de 3 de marzo. Resolución de 30/03/2023.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 12 de mayo de 2023.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente resolución tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia competitiva, para el año 2023, las ayudas reguladas por la Orden 43/2023, de 3 de marzo, de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de minimis, por la tenencia y mantenimiento de perros mastines para la defensa y guarda del ganado en régimen extensivo en zonas con riesgo de presencia del lobo en Castilla-La Mancha.

Se consideran zonas con riesgo de presencia de lobo los términos municipales incluidos en el Anexo de esta Orden.

La finalidad de las ayudas reguladas en la presente orden es la conciliación de la presencia de lobo ibérico con los usos ganaderos de la región, en especial con la ganadería extensiva de ovino y caprino mediante el uso de perros mastines para prevenir daños en su ganado.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Desarrollo Rural

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganaderia y Desarrollo Rural (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de las ayudas será de 350 euros por mastín.

La cuantía máxima de ayuda se limitará a un máximo de 1.750 € por persona beneficiaria.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas

Detalle beneficiarios:

Los ganaderos/as o las titulares de explotaciones ganaderas que sean personas físicas, jurídicas u otras entidades sin personalidad jurídica, en cuyo caso han de cumplir con los condicionantes fijados en el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones que cumplan con los siguientes requisitos:

a) Mantener al menos 150 cabezas de ganado ovino y/o caprino en régimen extensivo en zonas con presencia de lobo de Castilla-La Mancha.

b) El ganado deberá pertenecer a una explotación ganadera incluida en el Registro General de Explotaciones Ganaderas de Castilla-La Mancha ubicada en zonas con riesgo de presencia del lobo en Castilla-La Mancha.

c) Poseer mastines de entre 1 y 12 años de edad identificados individualmente e inscritos en el Registro de Identificación de Animales de Castilla-La Mancha antes de finalizar el plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria correspondiente, con aptitud de pastor, trabajo, guarda o defensa, y que sean utilizados para la protección del ganado ovino y/o caprino frente a posibles ataques de lobo.

d) Poseer un número suficiente de mastines en la explotación para que cumplan su función de proteger al ganado frente a los posibles ataques de lobo ibérico. Para ello, se deberá tener al menos 1 mastín por cada 250 cabezas de ganado ovino y/o caprino de más de 4 meses.

e) No superar el umbral de acumulación de ayudas en régimen de mínimis de 20.000 euros en un período de tres ejercicios fiscales, tal y como dispone el Reglamento (UE) nº 1408/2013, de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas mínimis en el sector agrícola.

Documentos asociados

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