Ayudas, en régimen de minimis, por la tenencia y mantenimiento de perros mastines para la defensa y guarda del ganado en régimen extensivo en zonas con riesgo de presencia del lobo en Castilla-La Mancha.

Código de ayuda:

S13900/23

Norma:

Orden 43/2023, de 3 de marzo. Resolución de 30/03/2023. Resolución de 04/08/2025.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 1 de octubre de 2025.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, para el año 2025, las ayudas reguladas por la Orden 43/2023, de 3 de marzo, de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de mínimis, por la tenencia y mantenimiento de perros mastines para la defensa y guarda del ganado en régimen extensivo en zonas con riesgo de presencia del lobo en Castilla-La Mancha.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Desarrollo Rural

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganaderia y Desarrollo Rural (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de las ayudas será de 350 euros por mastín.

La cuantía máxima de ayuda se limitará a un máximo de 1.750 € por persona beneficiaria.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas

Detalle beneficiarios:

Los ganaderos/as o las titulares de explotaciones ganaderas que sean personas físicas, jurídicas u otras entidades sin personalidad jurídica, en cuyo caso han de cumplir con los condicionantes fijados en el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones que cumplan con los siguientes requisitos:

a) Mantener al menos 150 cabezas de ganado ovino y/o caprino en régimen extensivo en zonas con presencia de lobo de Castilla-La Mancha.

b) El ganado deberá pertenecer a una explotación ganadera incluida en el Registro General de Explotaciones Ganaderas de Castilla-La Mancha ubicada en zonas con riesgo de presencia del lobo en Castilla-La Mancha.

c) Poseer mastines de entre 1 y 12 años de edad identificados individualmente e inscritos en el Registro de Identificación de Animales de Castilla-La Mancha antes de finalizar el plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria correspondiente, con aptitud de pastor, trabajo, guarda o defensa, y que sean utilizados para la protección del ganado ovino y/o caprino frente a posibles ataques de lobo.

d) Poseer un número suficiente de mastines en la explotación para que cumplan su función de proteger al ganado frente a los posibles ataques de lobo ibérico. Para ello, se deberá tener al menos 1 mastín por cada 250 cabezas de ganado ovino y/o caprino de más de 4 meses.

e) No superar el umbral de acumulación de ayudas en régimen de mínimis de 20.000 euros en un período de tres ejercicios fiscales, tal y como dispone el Reglamento (UE) nº 1408/2013, de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas mínimis en el sector agrícola.

Documentos asociados

Boletín: 08/03/2023
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 47
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 13/04/2023
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 71
Documento: Convocatoria 2023 Descargar Documento
Boletín: 13/04/2023
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 71
Documento: Convocatoria 2023 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 01/09/2025
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 167
Documento: Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento