Ayudas en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a explotaciones ganaderas afectadas por sequía, acogidas al régimen de mínimis.

Código de ayuda:

S42800/19

Norma:

Orden de 2 de julio de 2019.

Plazo de Solicitud:

A publicar en la correspondiente convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente orden tiene por objeto aprobar las bases reguladoras de concesión de ayudas en régimen de concurrencia no competitiva, con la finalidad de apoyar a las unidades productivas y paliar de esta manera las dificultades que dichas explotaciones pudieran sufrir, debido a una situación de sequía en determinadas comarcas agrarias en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible (Andalucía)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. La ayuda consistirá en una subvención por animal o colmena, pertenecientes a las unidades productivas reflejadas en la Orden de convocatoria. En dicha Orden se establecerá además, el importe máximo de la ayuda que un titular puede recibir. También se indicará el importe total por titular, por debajo del cual no se concederán ayudas.

2. Sólo serán subvencionables aquellos animales y colmenas que figuren en SIGGAN, en la fechas indicadas en la Orden de convocatoria.

3. El importe total de la ayuda de mínimis que se conceda a cualquier persona beneficiaria no podrá exceder de 15.000 euros durante cualquier periodo de tres ejercicios fiscales, según lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 3 del Reglamento (UE) núm. 408/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas mínimis, en el sector agrícola.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser personas beneficiarias de estas ayudas las personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes y sociedades civiles sin personalidad jurídica, que sean titulares de las unidades productivas según la definición del artículo 2, del Decreto 14/2006, de 18 de enero, por el que se crea y regula el Registro de Explotaciones Ganaderas de Andalucía, y que figuren en la base de datos informatizada Sistema Integrado de
Gestión Ganadera (en adelante SIGGAN) como productor, de las especies y clasificación zootécnica que aparezcan en la Orden de convocatoria, que se encuentren en comarcas agrarias afectadas por la sequía y que estén inscritas en el REGA.

Documentos asociados

Boletín: 09/07/2019
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 130
Documento: Bases Reguladoras 2019 Descargar Documento
Boletín: 29/07/2019
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 144
Documento: Corrección errores convocatoria Descargar Documento