Ayudas, en regimen de concurrencia no competitiva, a las asociaciones de consumidores de la Comunidad Autonoma de Galicia para actividades de sensibilizacion, formacion y divulgacion en materia de suministro electrico.- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S35255/13

Norma:

RESOLUCION de 2 de septiembre de 2013. RESOLUCIÓN de 23 de septiembre de 2013.

Plazo de Solicitud:

Hasta el día 18 de octubre de 2013.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar las bases, que se incluyen como anexo I, por las que se regirá la concesión de ayudas del Instituto Gallego de Consumo a las asociaciones de consumidores y usuarios de la Comunidad Autónoma de Galicia para el desarrollo de actividades de sensibilización, formación y divulgación en materia de suministro eléctrico durante el año 2013, y proceder a su convocatoria.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Consumo

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Instituto Gallego de Consumo (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Cada actividad o proyecto se financiará con una cuantía máxima total de 200 euros (IVA incluido) por actividad, con un máximo de 12 actividades o proyectos por asociación.

La cuantía de las ayudas concedidas podrá financiar hasta un 100 % de los gastos objeto de financiación, no pudiendo sobrepasar, en cualquier caso, cada actividad individual la cuantía de 200 euros (IVA incluido) y el total de la ayuda, la cantidad de 2.400 euros
(IVA incluido).

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las asociaciones de consumidores que estén legalmente constituidas e inscritas, en el momento de publicarse esta resolución en el Diario Oficial de Galicia, en la Sección General del Registro de Organizaciones de Consumidores y Usuarios de Galicia a la que se refiere el Decreto 95/1984, de 24 de mayo.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los gastos generados por el desarrollo de programas de actividades que impliquen sensibilización, formación y divulgación que generen, en el consumidor a que van dirigidas, un grado de conocimiento de la problemática de la facturación y consumo de suministro eléctrico con el fin de que adquieran los conocimientos suficientes que les permitan tomar decisiones que redunden en un ahorro y racionalidad del gasto en consumo eléctrico.

Requisitos:

a) No estar incurso en ninguna de las circunstancias previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

b) Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias estatales y autonómicas y de la Seguridad Social y no tener pendiente de pago ninguna otra deuda por ningún concepto con la Administración pública de la Comunidad Autónoma.

Documentos asociados

Boletín: 17/09/2013
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 177
Documento: Bases, Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 30/09/2013
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 186
Documento: Ampliación Plazos. Descargar Documento