Ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, a las PYMES industriales afectadas por las consecuencias económicas de la pandemia SARS-COV-2 como medida extraordinaria y urgente en el ámbito económico, acogidas al Decreto-ley 26/2020, de 13 de octubre.

Código de ayuda:

S53837/20

Norma:

Resolución de 14 de octubre de 2020.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 19 de noviembre de 2020.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 300.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva a las pequeñas y medianas empresas para la financiación de capital circulante de las mismas con el fin de favorecer el restablecimiento de sus condiciones competitivas de forma rápida y permanente, agilizando los procesos formales de salida de las dificultades que ahora tienen, y con ello:

a) Mantener al sector industrial, clave del nuevo modelo de desarrollo económico andaluz, afectado por el impacto económico que la situación de alarma ha generado sobre las empresa industriales cuya actividad principal no fueron consideradas esenciales por el Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo, por el que se establecen medidas extraordinarias y urgentes de flexibilización administrativa en materia de ayudas en el ámbito del empleo y medidas complementarias con incidencia en el ámbito económico, local y social como
consecuencia de la situación ocasionada por el COVID-19.

b) Evitar la destrucción del tejido industrial y la generación de un mayor distanciamiento del modelo productivo andaluz respecto al resto de regiones.

Igualmente tienen como objeto ayudar a empresas del sector industrial que pudiendo ser competitivas, ya que tienen producto y mercado y sin embargo sufren las consecuencias negativas de una situación de carácter totalmente excepcional, sobrevenida y de ámbito global.

Categorías Subvención

  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades (Andalucía)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de la subvención es un porcentaje del capital circulante de la empresa solicitante y de acuerdo con lo establecido en el apartado 4 del artículo 7 del anexo del Decreto-ley 26/2020, de 13 de octubre, tendrá un límite máximo por beneficiaria de 300.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las PYMES industriales afectadas por las consecuencias económicas de la pandemia SARS-COV-2 que cumplan con los requisitos y condiciones establecidos en el artículo 5 del anexo del Decreto-ley 26/2020, de 13 de octubre.

Documentos asociados

Boletín: 13/10/2020
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 64
Documento: Bases Reguladoras 2020 Descargar Documento
Boletín: 19/10/2020
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 202
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 19/10/2020
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Boletín: 21/10/2020
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