Ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para las entidades privadas sin ánimo de lucro a fin de realizar programas de incorporación social en viviendas para pacientes estabilizados en las unidades asistenciales con especialización en drogodependencias de la Comunidad Autónoma de Galicia, para el año 2025 (código de procedimiento SA462B).
Código de ayuda:
S22119/25Norma:
ORDEN de 27 de junio de 2025.Plazo de Solicitud:
Hasta el 16 de agosto de 2025.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Esta orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras y convocar ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para las entidades privadas sin ánimo de lucro a fin de realizar programas de incorporación social desarrollados en viviendas durante el año 2025, según la Orden de 25 de enero de 2008 por la que se regulan los requisitos específicos que deben cumplir los centros de inclusión y emergencia social destinados a personas afectadas por distintos tipos de adicciones que estén participando en un programa terapéutico de rehabilitación en las unidades de atención a drogodependencias incluidas en el Circuito deasistencia sanitaria a los trastornos adictivos en Galicia.
Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consellería de Sanidad (Galicia)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Para financiar estas ayudas está previsto un crédito de doscientos cincuenta y tres mil trescientos cuatro euros (253.304 €) con cargo a la aplicación 5001.413A.481.21 y código de proyecto 20180005, de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2025, quedando las resoluciones en el momento de su concesión condicionadas a la existencia de crédito adecuado y suficiente en la aplicación presupuestaria señalada.El presupuesto destinado a esta orden se financia con fondos de la asignación tributaria del 0,7 % del IRPF destinado a realizar programas de interés general para fines de carácter sociosanitario.
La ayuda máxima a financiar por cada programa es de 63.326 euros, sin perjuicio de lo indicado en el número 2 de este artículo.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Para que una entidad sea beneficiaria de las ayudas publicadas en esta orden deberá acreditar los siguientes requisitos:a) Ser una entidad sin ánimo de lucro inscrita en el Registro de Entidades Colaboradoras del Plan de Galicia sobre drogas, creado por el Decreto 74/2002, de 28 de febrero.
b) Ser titular o responsable de una vivienda de apoyo a la incorporación social de pacientes estabilizados/as en las unidades asistenciales de drogodependencias. c) Acreditar el desarrollo de programas de incorporación social dirigidos al colectivo de personas drogodependientes durante el año anterior a la anualidad de esta convocatoria, aportando la memoria de actividad de dicho año. Dicha memoria deberá ajustarse a lo indicado en el artículo 8, punto c), del Decreto 254/2011, de 23 de diciembre, por el que se regula el régimen de registro, autorización, acreditación e inspección de servicios sociales en Galicia.
d) Ajustarse a lo establecido por la Orden de 25 de enero de 2008, de la Vicepresidencia de Igualdad y del Bienestar, por la que se regulan los requisitos específicos que deben cumplir los centros de inclusión y emergencia social, para los centros de acogida e inclusión que desarrollan programas de apoyo social a procesos terapéuticos y estar inscrita en el Registro Único de Entidades Prestadoras de Servicios Sociales (RUEPSS), regulado en la Ley 13/2008, de 3 de diciembre, de servicios sociales de Galicia.
e) Estar autorizada, desde un año antes a la presente convocatoria, por el servicio correspondiente de la Consellería de Política Social e Igualdad, según el Decreto 254/2011, de 23 de diciembre, como centro de acogida-apoyo social a procesos terapéuticos.
f) Disponer de una sede central o delegación permanente en la Comunidad Autónoma de Galicia o, en su caso, contar con domicilio social en ella y comprometerse a desarrollar las actividades subvencionadas en viviendas próximas a la población donde exista unidad asistencial de drogodependencias.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Serán subvencionables los programas de incorporación social destinados a personas afectadas por distintos tipos de adicción que estén participando en un programa terapéutico de rehabilitación de un trastorno adictivo en las unidades de atención a drogodependencias incluidas en el Circuito de asistencia sanitaria a los trastornos adictivos en Galicia que instrumenten acciones cuya finalidad sea conseguir la normalización en la vida cotidiana de la comunidad de personas fácilmente vulnerables desde el punto de vista social.Documentos asociados
Boletín:
16/07/2025
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 135
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 135
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 Descargar Documento
Boletín:
16/07/2025
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 135
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 135
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento