Ayudas en régimen de concurrencia competitiva a universidades y otros centros académicos, para el fomento de la formación y la investigación en el ámbito del análisis de las políticas de inclusión.

Código de ayuda:

S49755/22

Norma:

Orden ISM/760/2022, de 2 de agosto. Resolución de 12 de septiembre de 2022.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 3 de octubre de 2022.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 96.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, y conforme con los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, de acuerdo con lo
establecido en los artículos 8, 16 y 23 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de subvenciones a Universidades y otros centros académicos que impartan estudios oficiales de postgrado, para su distribución en forma de becas a estudiantes para la formación e investigación en el ámbito del análisis de las políticas de inclusión.

Categorías Subvención

  • Becas
  • Educación y Ciencia
  • Formación
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima otorgada a cada entidad beneficiaria no podrá superar los 96.000 euros

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Podrán ser entidades beneficiarias en relación con las subvenciones previstas en esta orden las Universidades con sede en el territorio nacional, así como los centros educativos que impartan estudios oficiales de postgrado con sede en el territorio nacional (en adelante, centros académicos).

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Programa de Formación, cuya labor formativa estará relacionada con el trabajo desarrollado por la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social. Su dotación mensual bruta será la cuantía equivalente al importe del Salario Mínimo Interprofesional incrementado en el diez por ciento.

b) Programa de Investigación, con un contenido notablemente académico y vinculado a proyectos específicos relacionados con las actuaciones desarrolladas por la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social en su ámbito competencial. Su dotación mensual bruta será la cuantía equivalente al importe del Salario Mínimo Interprofesional incrementado en el sesenta por ciento al mes.

Se considerará gasto realizado el que haya sido efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del periodo de justificación y que corresponda a alguno de los siguientes conceptos:

a) El importe distribuido en forma de beca al alumnado.

b) Las cuotas correspondientes a la Seguridad Social.

c) La cuota correspondiente al seguro de responsabilidad civil.

d) Hasta un máximo de 50 euros por alumno, con carácter mensual, en concepto de coste indirecto necesario para la realización de la actividad subvencionada.

Requisitos:

Las entidades beneficiarias habrán de reunir las siguientes condiciones de solvencia y eficacia, sin perjuicio de la posibilidad de su desarrollo específico en las respectivas convocatorias:

a) Que hayan realizado de modo efectivo actividad educativa en los cinco años anteriores a la solicitud.

b) Que conste la existencia de alumnado en dicho periodo.

c) Que dispongan de los medios precisos para el correcto desarrollo de las convocatorias derivadas de las presentes bases.

Documentos asociados

Boletín: 05/08/2022
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 187
Documento: Bases Reguladoras 2022 Descargar Documento
Boletín: 22/09/2022
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 228
Documento: Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 22/09/2022
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 228
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