Ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, a las comunidades de propietarios/as para la reparación, la rehabilitación y/o la adaptación de los edificios de viviendas protegidas promovidos por este instituto.

Código de ayuda:

S21346/20

Norma:

RESOLUCIÓN de 19 de mayo de 2020.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 29 de julio de 2020.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 5.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta resolución tiene por objeto convocar para el ejercicio 2020 las ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, a las comunidades de propietarios/as para la reparación, la rehabilitación y/o la adaptación de los edificios de viviendas protegidas promovidos por el Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo (en adelante, IGVS) que tengan más de 10 años de antigüedad y que no estén descalificados.

Categorías Subvención

  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía en las subvenciones será del 60 % del presupuesto aprobado en la resolución de concesión y hasta un máximo de 5.000 euros por vivienda.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Podrán tener la condición de beneficiarias de estas subvenciones las comunidades de propietarios/as de los edificios de viviendas protegidas promovidos por el IGVS que en el momento de presentar la correspondiente solicitud tengan más de 10 años de antigüedad y que no estén descalificados, siempre que no recibieran otra ayuda del IGVS para la realización de obras del mismo concepto en los diez años inmediatamente anteriores al de la convocatoria correspondiente.

Requisitos:

a) Que su edificio reúna las necesarias condiciones de seguridad estructural. De no ser el caso, la comunidad solicitante deberá acreditar la realización simultánea de las obras que garanticen que el edificio tendrá las condiciones necesarias de seguridad estructural.

b) Que no incurran en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 10.2 de la LSG.

c) Que sean seleccionadas conforme a la prelación realizada en aplicación del baremo previsto en el ordinal decimocuarto de la resolución de bases de 4 de abril de 2019 y conforme a la disposición presupuestaria existente.

Documentos asociados

Boletín: 29/05/2020
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 103
Documento: Bases, Convocatoria 2020 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 29/05/2020
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 103
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento