Ayudas en materia educativa para el curso 2020-2021.

Código de ayuda:

S34991/20

Norma:

Decreto 5594, de 30 de junio de 2020.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 31 de julio de 2020.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 400

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente convocatoria tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia competitiva, ayudas en materia educativa: adquisición de libros de texto y material didáctico escolar y comedor escolar para el curso 2020-2021..

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Ayuntamiento de Alcobendas (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Para las ayudas para la adquisición de libros de texto y material didáctico escolar es de 210.600 euros.

Para las ayudas de comedor escolar es de 685.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Familia de Alcobendas que reúnan los requisitos.

Requisitos:

a) Estar empadronados en Alcobendas el alumno y alguno de los siguientes miembros de la unidad familiar padre, madre o tutor, en el momento en que se presenta la solicitud, con una antigüedad ininterrumpida desde al menos el 1 de enero de 2020, debiéndose mantener dicha situación hasta la finalización del procedimiento de concesión de estas ayudas.

b) Estar al corriente del pago de los impuestos municipales.

En caso de ayudas para la adquisición de libros de texto y material didáctico escolar además:

c) El alumno deberá estar escolarizado en el curso 2020-2021 en Segundo Ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria o Educación Secundaria Obligatoria, en un centro docente sostenido con fondos públicos de la Comunidad de Madrid.

d) El alumno que repita curso no podrá ser beneficiario de la ayuda para el curso que repite, salvo que por circunstancias sobrevenidas y con carácter excepcional haya cambiado de libros.

e) La renta per cápita familiar no podrá superar los 8.000 euros anuales en el año 2018.

Esta cantidad puede resultar modificada a la baja a lo largo del proceso si concurre la circunstancia de que al concederse las ayudas siguiendo el orden ascendente marcado por la renta per cápita familiar, empezando por la renta per cápita más baja, las solicitudes superen al crédito presupuestado.

En el caso de ayudas para el comedor escolar además de los apartados a) y b):

f) El alumno deberá estar escolarizado en el curso 2020-2021 en Primer Ciclo o Segundo Ciclo de Educación Infantil o en Educación Primaria en un centro docente sostenido con fondos públicos de la Comunidad de Madrid.

g) Se entiende que los alumnos de las escuelas Infantiles que soliciten ayuda de comedor deben de estar matriculados antes del último día del período para presentar la solicitud. Se obviará la exigencia de antigüedad del empadronamiento del menor nacido en 2020, no así la fecha del empadronamiento del solicitante.

h) La renta per cápita familiar no podrá superar los 8.000 euros anuales en el año 2018.

Esta cantidad puede resultar modificada a la baja a lo largo del proceso si concurre la circunstancia de que al concederse las ayudas siguiendo el orden ascendente marcado por la renta per cápita familiar, empezando por la renta per cápita más baja, las solicitudes superen al crédito presupuestado.

Documentos asociados

Boletín: 10/07/2020
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 166
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 10/07/2020
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 166
Documento: Bases y Convocatoria 2020 Descargar Documento