Ayudas en materia de rehabilitación residencial y vivienda social.

Código de ayuda:

S51091/21

Norma:

Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre.

Plazo de Solicitud:

A determinar en la correspondiente convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular los programas de ayuda en los ámbitos de la rehabilitación residencial y construcción de vivienda social, dentro del marco general del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y, específicamente, en relación con las inversiones C02.I01 «Programa de rehabilitación para la recuperación
económica y social en entornos residenciales» y C02.I02 «Programa de construcción de viviendas en alquiler social en edificios energéticamente eficientes», incluidas ambas dentro del componente 2 «Implementación de la Agenda Urbana española: Plan de rehabilitación y regeneración urbana».

Se establece el mecanismo de concesión directa a las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla, basado en la colaboración que estas pueden desarrollar en la gestión de los fondos, con arreglo a criterios ajustados a los principios constitucionales y al orden de distribución de competencias, por lo que son las responsables de los procedimientos de concesión de ayudas, según se establece en este real decreto.

La finalidad de este real decreto es, por tanto, contribuir al cumplimiento de los objetivos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en los referidos ámbitos de la rehabilitación residencial y construcción de vivienda social, contribuyendo a alcanzar las metas establecidas a lo largo del periodo de aplicación del Plan.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Transportes, y Movilidad Sostenible ( España)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Serán beneficiarias directas de las ayudas previstas en este real decreto las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla, que podrán otorgar el importe de las mismas a los destinatarios últimos, según lo dispuesto en cada uno de los capítulos correspondientes de este real decreto en los que se determinan las actuaciones encuadrables en cada programa y los potenciales destinatarios últimos de
las ayudas, sin perjuicio de los requisitos adicionales que puedan establecer las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio.

Programa de apoyo a las oficinas de rehabilitación

Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio.

Programa de ayuda a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas.

Programa de ayuda a la elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación y la redacción de proyectos de rehabilitación.

Programa de ayuda a la construcción de viviendas en alquiler social en edificios energéticamente eficientes.

Documentos asociados

Boletín: 06/10/2021
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 239
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento