Ayudas en materia de las tecnologías de la información y las comunicaciones, en régimen de concurrenciacompetitiva, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2006.
Código de ayuda:
S34982/06Norma:
Orden de 11 de septiembre de 2006. Orden de 20 de marzo de 2006.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 30/09/2006Finalidad u objetivo de la ayuda:
La convocatoria de ayudas públicas, en régimen de concurrencia competitiva, para la incentivación de actuaciones en el ámbito de las tecnologías de la información y las comunicaciones, así como para el desarrollo de aplicaciones y servicios relacionados con la integración de las tecnologías de la información y las comunicaciones en el mundo de la empresa en la Comunidad Autónoma de Galicia, y proceder a su convocatoria para el año 2006.Categorías Subvención
- Equipamientos informáticos y Tecnología
Localización del organismo gestor
Galicia
Convoca:
Consellería de Innovación e Industria (Galicia)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Las ayudas podrán alcanzar, con carácter general, una cuantía máxima del 30% de la inversión subvencionable para cada proyecto.Para aquellos proyectos que sean realizados con soporte de código abierto, ese porcentaje se elevará hasta el 40%.
Asimismo, cuando los beneficiarios sean micropymes o pequeñas empresas, según los criterios establecidos en el artículo 3º de esta orden, la cuantía de las ayudas podrá incrementarse hasta 10 puntos porcentuales.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Empresas.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Acceso a la sociedad de la información de las empresas:Los proyectos encuadrados en esta línea deberán tener como finalidad alcanzar la digitalización de la empresa a través de la mejora en los elementos centrales de su sistema de información.
Gastos subvencionables:
* Inversiones en equipos de electrónica activa de la red de datos interna (servidores, conmutadores, enrutadores, barreras de seguridad, dispositivos de almacenamiento) armarios bastidores, y SAI’s; cable y tomas de red que deberán ser como mínimo categoría 6.
* Los correspondientes a contratación externa para el desarrollo a medida de aplicaciones, parametrización, instalación y puesta en funcionamiento de las aplicaciones internas o web.
b) Apoyo al desarrollo del sector de las TIC:
Se contemplan en este apartado aquellos proyectos que vayan a ser ejecutados por empresas que tienen su actividad empresarial y el objeto de su negocio específicamente en el ámbito de las tecnologías de la información y las comunicaciones. Las empresas solicitantes deberán contemplar esta actividad en su objeto social.
Gastos subvencionables:
* Adquisición de equipos informáticos centrales y de usuario y equipos de red interna, necesarios para la ejecución del proyecto.
* Coste de personal técnico propio con dedicación al proyecto.
* Colaboraciones externas con el límite máximo del 20% de la inversión subvencionable.
* Gastos de auditoría y certificación en los estándares de desarrollo de software.
* Gastos de asistencia a cursos de formación, ferias sectoriales o promocionales. Se podrán subvencionar las cuotas de inscripción, gastos de viaje en medios de transporte público (avión clase turista, tren o autobús), gastos de alojamiento con un máximo de 70 e/día, alquiler de espacio). La inversión subvencionable máxima en este apartado será de 15.000 e.
* Diseño de imagen y empaquetado de producto.
Documentos asociados
Boletín:
27/03/2006
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº DOG
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº DOG
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín:
25/09/2006
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 185
Documento: Modificación Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 185
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