Ayudas en materia de internacionalización.

Código de ayuda:

S12473/25

Norma:

RESOLUCIÓN de 2 de mayo de 2025.

Plazo de Solicitud:

A establecer en la correspondiente convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

1. El objeto de la presente resolución es establecer las bases por las que han de regirse las convocatorias de ayudas, que se convocarán en forma de subvención, con el objetivo de impulsar la internacionalización de las empresas valencianas y la promoción de sus productos (bienes y/o servicios) para promover su crecimiento, consolidar su presencia en los mercados internacionales y mejorar su competitividad exterior.

2. Las ayudas que así se determinen en las correspondientes convocatorias podrán tener carácter plurianual, cuando así lo requiera el plazo de ejecución de las actuaciones objeto de las mismas. En tal caso, las anualidades correspondientes a ejercicios futuros quedarán subordinadas a la existencia de crédito en los presupuestos de la Generalitat.

Categorías Subvención

  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Comercio
  • Exportación / Internacionalización

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Conselleria de innovación, industria, comercio y turismo (Comunidad Valenciana)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

1. Podrán tener la condición de beneficiarias de las ayudas en las correspondientes convocatorias efectuadas al amparo de esta resolución, en los términos que las mismas establezcan y siempre que cumplan los requisitos exigidos en cada caso: las asociaciones, fundaciones, cámaras oficiales de comercio, industria y navegación, grupos de promoción, empresas y consorcios, todos ellos con personalidad jurídica propia.

2. Las beneficiarias deberán tener su domicilio social y fiscal en la Comunitat Valenciana, siempre que las actuaciones desplieguen sus principales efectos y beneficios en las empresas y entidades con sede en el territorio de la Comunitat Valenciana.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Participación en certámenes feriales internacionales.

b) Gastos de alojamiento y desplazamiento por la asistencia a ferias, showrooms, congresos o similares, y misiones comerciales.

c) Acciones de marketing internacional.

d) Servicios relacionados con el registro y vigilancia de marca.

e) Servicios relacionados con el proceso de certificación, homologación y registro para la comercialización internacional.

f) Gastos por nueva contratación.

g) Otros servicios y gastos directamente relacionados por la realización o participación en acciones de promoción internacional.

Documentos asociados

Boletín: 12/05/2025
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 10105
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 28/05/2025
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 10117
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento