Ayudas en materia de energías renovables y biocarburantes.

Código de ayuda:

S06255/26

Norma:

RESOLUCIÓN de 24 de febrero de 2026.

Plazo de Solicitud:

A establecer en la correspondiente convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Constituye el objeto de la subvención que regulan estas bases la financiación de proyectos de aprovechamiento de las fuentes energéticas renovables y de uso de los biocarburantes en el ámbito de la Comunitat Valenciana, a través de actuaciones encaminadas a cumplir los compromisos internacionales en materia de ahorro, diversificación energética y respeto al medio ambiente.

Categorías Subvención

  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE) (Comunidad Valenciana)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades deportivas
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas
  • Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Podrá solicitar las subvenciones objeto de regulación de esta resolución, cualquier entidad o persona física o jurídica, de naturaleza pública o privada, incluyendo las agrupaciones sin personalidad jurídica, las entidades sin ánimo de lucro, los empresarios individuales, así como el sector público institucional de cualesquiera administraciones públicas a que se refiere el artículo 2.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán apoyables las actuaciones de aprovechamiento de las fuentes energéticas renovables y de uso de los
biocarburantes que sean ejecutadas en el ámbito de la Comunitat Valenciana de entre las modalidades que se relacionan a
continuación:
a) Energía geotérmica
b) Energía solar térmica
c) Biomasa (aplicaciones térmicas)
d) Biomasa (tratamiento en campo y cisternas reparto)
e) Biomasa (plantas de producción pellets/briquetas/astillas)
f) Biogás
g) Biocarburantes
h) Hidrógeno generado con energías renovables
i) Energía solar fotovoltaica (aislada de la red)
j) Instalaciones mixtas eólica + fotovoltaica (aislada de la red)
k) Energía eólica (aislada de la red)
l) Energía minihidráulica (aislada de la red)
m) Proyectos de instalaciones de autoconsumo de energía eléctrica previstos en el artículo 9 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.
n) Proyectos de almacenamiento de energía eléctrica procedente de fuentes de energía renovables

Documentos asociados

Boletín: 04/03/2026
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 10315
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento