Ayudas en materia de eficiencia energética en la industria y los edificios del sector terciario para el ejercicio 2017.

Código de ayuda:

S00319/16

Norma:

RESOLUCIÓN de 22 de diciembre de 2015. ORDEN 1/2012, de 12 de marzo. RESOLUCIÓN de 21 de septiembre de 2016. RESOLUCIÓN de 17 de mayo de 2017.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 30 de junio de 2017.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Ayudas en materia de ahorro y eficiencia energética en la industria y la edificación, incluido el fomento de los sistemas de gestión energética basados en la norma ISO 50001.

Las actuaciones apoyables podrán ser las siguientes:

– Inversiones en medidas de ahorro de energía en la industria.

– Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas de los edificios existentes.

– Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación interior en los edificios existentes.

– Implantación de sistemas de gestión energética basados en la norma ISO 50001.

Categorías Subvención

  • Calidad
  • Medio Ambiente y Energía
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE) (Comunidad Valenciana)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Cualquier empresa o entidad, de naturaleza pública o privada, incluyendo las agrupaciones sin personalidad jurídica y las comunidades de bienes, dependiendo de lo establecido en el anexo para cada programa y actuación apoyable y siempre que cumpla los requisitos en estas previstos. No podrán ser beneficiarias las empresas de servicios energéticos (ESE), entendida como tal las personas jurídicas que proporcionen servicios energéticos en las instalaciones o locales de un usuario y afronten cierto grado de riesgo económico al hacerlo.

Documentos asociados

Boletín: 23/03/2012
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 6740
Documento: ORDEN 1/2012, de 12 de marzo. Descargar Documento
Boletín: 30/12/2015
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 7688
Documento: Convocatoria 2016 Descargar Documento
Boletín: 05/10/2016
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 7888
Documento: Ampliación de presupuesto Descargar Documento
Boletín: 26/05/2017
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 8049
Documento: Convocatoria 2017 Completa Descargar Documento
Boletín: 26/05/2017
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 8049
Documento: Convocatoria 2017 Extracto Descargar Documento
Boletín: 31/07/2017
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 8095
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento